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sábado, 31 de diciembre de 2011

CALENDARIO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL EDO. DE MÉXICO 2012


El 8 de diciembre de 2011 apareció publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, el Calendario Oficial   para el 2012 y regirá para los servidores públicos que laboran en las dependencia del sector central del Poder Ejecutivo, descargar aquí el Calendario 2012:

En el artículo segundo se marcan como  no laborables los siguientes días:


1 de enero
Inicio del Año Nuevo
6 de febrero
En conmemoración del 5 de febrero (Aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos)

2 de marzo
Aniversario de la Fundación del Estado de México
19 de marzo
En conmemoración del 21 de marzo (Natalicio del Lic. Benito Juárez García).

2 al 6 de abril
Primera etapa del primer periodo vacacional.
1 de mayo
Día del Trabajo
5 de mayo
Aniversario de la Batalla de Puebla
16 al 20 de julio
Segunda etapa del primer periodo vacacional
16 de septiembre
Aniversario de la iniciación de la Guerra de Independencia
2 de noviembre
Día de muertos
19 de noviembre
En conmemoración del 20 de noviembre (Aniversario de la iniciación de la Revolución Mexicana)

25 de diciembre
Navidad
19 de diciembre de 2012 al 3 de enero de 2013
Segundo periodo vacacional


Información siempre útil:  FME CONTADORES PÚBLICOS, S.C.

contacto@fmecontadores.com


Tel. (722) 52 54 566

jueves, 29 de diciembre de 2011

MISCELÁNEA FISCAL 2012 ¿nuestros santos inocentes?



Pues parece ser que el SAT ahora sí se adelantó y decidió darnos nuestros Santos Inocentes este día 28 de diciembre cuando en pleno Guadalupe-Reyes publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución Miscelánea 2012.
De las novedades en esta miscelánea 2012 tenemos, por citar, sólo lo más importantes y de manera muy general:
Los monederos electrónicos y tarjetas de servicio servirán como comprobantes fiscales y podrán ser válidos para deducciones del ISR.
Por ello mísmo ahora los pagos de derechos antes la Secretaría de Relaciones exteriores y de Comunicaciones y Transportes, podrán hacerse con tarjetas de crédito y débito
Adicionalmente otros de los puntos que someramente se pueden enunciar son los siguientes, en su mayor parte se refieren a facturación electrónica:
Se mantienen los 4 millones para que pueda uno emitir comprobantes con CODIGO DE BARRAS BIDIMENSIONAL.
SIGUE VIGENTE EL ESQUEMA CFD MEDIOS PROPIOS.
Es de llamar la atención el detalle de identificar y/o hacer mención de “no identificado” con respecto a los 4 dígitos de la cuenta de cheque, tarjeta y monedero electrónico en los casos de la expedición del CFDI
Detalle para cumplir correctamente con los comprobantes de tipo CBB (CÓDIGO DE BARRAS BIDIMENSIONAL)
Requisitos de comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad pues ahora, se tendrá por cumplido el requisito de señalar el número del comprobante fiscal, cuando se señale la serie y el folio asignado por el SAT para comprobantes impresos con CBB que se hubiese expedido por el valor total de la operación.
Comprobación sin desglosar impuestos en estado de cuenta, lo bajan a $50,000
Facilidad para emitir comprobantes fiscales simplificados sin mencionar el régimen fiscal
Expedición de comprobantes simplificados, se deberá elaborar al menos un comprobante fiscal al mes que abarque las operaciones con el público en general de dicho periodo, usando el RFC genérico.
Transitorio prorrogado 6 meses, el esquema vigente hasta 2011 de CFD y CFDI resumiendo los transitorios de las reformas al Código Fiscal de la Federación
Se mantiene la obligatoriedad de dar servicio gratuito por parte de los PACS  (Proveedor de Certificación de CFDI)
Seguirá sin presentarse la declaración informativa trimestral de comprobantes bajo la  modalidad de Código de Barras Bidimensional (C.B.B.)
Y para mayor detalle aquí está la liga para descargar la Resolución Miscelánea del 2012. Le sugerimos leerla pues no está tan inocente, son más de 423 hojas que tenemos que leer más los anexos 1, 1A y 19 que fueron publicados al día siguiente.
Aquí descargue la Miscelánea 2012 y sus Anexos:
En FME Contadores, siempre estamos a la vanguardia en cuanto a la nueva legislación fiscal en México.


lunes, 26 de diciembre de 2011

“LEY VS. EL LAVADO DE DINERO”...en la congeladora

Desde el día 15 de diciembre cuando terminó el periodo ordinario de sesiones en la Cámara de Diputados hasta el día de hoy 26 del mísmo mes, no se había aprobado la “LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE OPERACIÓN ILÍCITA”, pues las Comisiones de Justicia y de Hacienda, han pospuesto el debate para su aprobación ante el pleno de San Lázaro. Los diputados a cargo, argumentan que el “tema no se conoce a fondo”, a pesar de haber sido debatido durante meses.
Por lo que, Legisladores del PAN, han exhortado a las comisiones responsables a cumplir con su deber, y dar vía expedita a esta Ley, que supervisará a quien esté relacionado con la compraventa de bienes inmuebles o la cesión de derechos sobre estos; joyas, relojes y obras de arte; entre otros.
En FME CONTADORES, estamos atentos a la normatividad de nuestro país, con el fin de proteger su patrimonio y el de su empresa

domingo, 25 de diciembre de 2011

EVASIÓN FISCAL: acuerdos con paraísos fiscales

Como lo comentamos en el artículo “LAVADO DE DINERO Y LA PROFESIÓN CONTABLE”, el Gobierno Mexicano ha intensificado su estrategia para combatir el manejo de recursos de procedencia ilícita y ahora es que, el Senado Mexicano ratificó el pasado 16 de diciembre de 2011, nuevos tratados internacionales en materia tributaria con cinco gobiernos:  ISLAS CAIMÁN, ISLAS COOK, JERSEY, GUERNSEY e ISLAS DE MAN, todos ellos territorios de ultramar del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, considerados por la OCDE como paraísos fiscales.
Ya México tenía firmado cinco acuerdos similares con los gobiernos de Estados Unidos, Bahamas, Curazao, Bermudas y Sint Maarten.
Según la definición de la OCDE (ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO)  un paraíso fiscal se define como:
“territorio o Estado que se caracteriza por aplicar un régimen tributario especialmente favorable a los ciudadanos y empresas no residentes, que se domicilien a efectos legales en el mismo.” y que además tenga estas 4 características:
1.- Que ese Estado no imponga impuestos o éstos sólo sean nominales
2.- Falta de transparencia en las operaciones financieras
3.- Las leyes de ese Estado no permiten el intercambio de información con fines fiscales
4.- Que permita a los no residentes beneficiarse de rebajas impositivas, aún cuando no desarrolle efectivamente una actividad en ese país.
Estos acuerdos tienen el objetivo de transparentar las operaciones financieras que realizan mexicanos en los bancos de esos países, a los que se les ha acusado de servir de cobijo a evasores de impuestos, terroristas y narcotraficantes, quienes esconden sus identidades tras sociedades denominadas “offshore”, cuentas numeradas, directores fiduciarios, fundaciones, trust o acciones al portador.
Esto viene a complementar la emisión ya también aprobada por el senado de la “Ley Federal para la Prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita y de financiamiento al terrorismo”, mejor conocida como la “Ley contra el lavado de dinero”
Siempre es conveniente estar debidamente asesorado, en FME Contadores, nos esforzamos por estar siempre a la vanguardia.

sábado, 24 de diciembre de 2011

SAT: ¿obligación de pagos referenciados en el 2012?

Para el 2012 TODAS LAS PERSONAS MORALES, estarán obligadas a presentar sin excepción sus declaraciones en el Portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y pagar sus impuestos en los bancos mediante “EL SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS”. 
Esta forma de presentación electrónica de declaraciones referencia los datos de pago en el banco e información de la declaración, mediante una línea de captura. 
Ya estaba vigente desde el 2009 para algunos contribuyentes, en el 2011 se le adicionaron otros; pero el 15 de diciembre de 2011 el SAT hace extensiva la obligación a todas las personas morales, lo mismo que a los contribuyentes del sector financiero, las sociedades mercantiles controladoras y controladas, y las personas morales del Título II de la LISR, que en el último ejercicio declarado hayan consignado en sus declaraciones ingresos acumulables iguales o superiores a 500 millones de pesos.
El resto de contribuyentes utilizarán el portal “DECLARACIONES Y PAGOS” de manera paulatina, conforme  el SAT vaya informando.
Por ello es mejor prepararse pues no habrá prórrogas. En FME Contadores siempre estamos atentos a las modificaciones fiscales 

miércoles, 21 de diciembre de 2011

ACRÓNIMOS IMPOSITIVOS. ¿sabemos de lo que nos hablan nuestras autoridades fiscales?




Desde el inicio de mi carrera como Contador Público por allá de los años 80’s, la entonces SHCP se encargaba de hacernos pesada la vida con “Lolita” o “Dolores” y posteriormente con “Justino Morales” tal y como lo anunciaba su publicidad que alentaba a la máxima “contribuir, corresponde”.  Pues bien, este organismo recaudatorio usa una gran cantidad de acrónimos que pretenden simplificar la mnemotecnia -para quien no lo sepa, es el procedimiento de asociación mental de ideas para facilitar recordar algo, de la diosa griega de la memoria MNEMÓSIDE- de aprender formatos, trámites y leyes. Aquí reproduzco, los más usuales, que se encuentran vigentes al 2011 y que además para el contribuyente poco entendido de estas cuestiones pudieran parecerle “un mundo aparte”

ACRÓNIMO
FORMA EXTENDIDA
AFORE
Administradora de Fondos de Ahorro para el Retiro
AGA
Administración General de Aduanas
AGAFF
Administración General de Auditoría Fiscal Federal
AGR
Administración General de Recaudación
AGSC
Administración General de Servicios al Contribuyente
ALAF
Administración Local de Auditoría Fiscal
ALJ
Administración Local Jurídica
ALSC
Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente, que son las oficinas que proporcionan el servicio de asesoría y orientación personalizada al contribuyente hay 66 administraciones locales ubicadas en diversas ciudades del país.
CBB
Código de Barras Bidimensional
CESD
Certificado Especial de Sello Digital
CF
Código Fiscal de la Federación, que es el ordenamiento jurídico de observancia federal que establece conceptos y procedimientos para la obtención de ingresos fiscales. Establece la forma en que se ejecutarán las resoluciones fiscales, los recursos administrativos, además de indicar el sistema que se deberá seguir para resolver situaciones que se presente ante el Tribunal Fiscal de la Federación. Regula además la aplicación de las leyes fiscales en caso de presentar alguna laguna o duplicidad en las mismas.
CFD
Comprobante Fiscal Digital
CIECF
Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida, que es la clave que los contribuyentes deben presentar ante el SAT para trámites, solicitudes, declaraciones, consultas o avisos de forma segura a través de medios electrónicos
CIF
Cédula de Identificación Fiscal
CNC
Centro Nacional de Consulta, que es la oficina principal de atención al contribuyente ubicada en Av. Hidalgo No. 77 Col Guerrero, México, D.F.
CUCA
Cuenta de Capital de Aportación
CUFIN
Cuenta de Utilidad Fiscal Neta
CSD
Certificado de Sello Digital
DECLARASAT
Para elaborar la Declaración Anual de personas físicas, correspondiente al ejercicio fiscal 2010 y años anteriores
DECNOT
También llamada DECLARANOT , es la Declaración informativa de Notarios Públicos y demás fedatarios sobre la enajenación y/o adquisición de bienes.
DEM
Declaración anual de personas Morales, es el sistema que permite a  estas personas dar cumplimiento a lo determinado en el Art. 86  fracción VI, Ley del Impuesto Sobre la Renta.
DEM-IVA
Herramienta para capturar y presentar en dispositivo magnético la información de las operaciones con proveedores, arrendadores, prestadores de servicios y comercio exterior en los trámites de devoluciones y compensaciones del IVA
DIEMSE
Declaración Informativa de Empresas Manufactureras, maquiladoras y de Servicios de Exportación para cumplir la obligación establecida en el artículo 216-bis de la LISR
DIM
Declaración Informativa Múltiple de los ejercicios fiscales de 1997 a 2011
DIMM
Declaración Informativa en Medios Magnéticos
DIOT
Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, que permite informar al SAT las operaciones con proveedores relacionadas con el IVA
DOF
Diario Oficial de la Federación, que es el órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, que tiene la función de publicar en el territorio nacional: leyes, reglamentos, acuerdos, circulares, órdenes y demás actos expedidos por los poderes de la Federación, a fin de que estos sean observados y aplicados debidamente en sus respectivos ámbitos de competencia.
EMA
Emisión Mensual Anticipada 
FE
Factura Electrónica
F 3241, Programa Electrónico
Es la herramienta informática que permite la captura de información de los anexos electrónicos relativos a las formas oficiales 32 y 41 que a su vez se refieren a la solicitud de devolución o aviso de compensación a los impuestos ISR, IDE, IVA e IMPAC
F35
Declaración informativa del Formulario 35 relativos a los donativos y contraprestaciones superiores a los $100,000
F 43A
Es la herramienta informática que permite presentar el aviso para la aplicación de estímulos a  entidades federativas, municipios y otros organismos públicos contenidas en el artículo 43-A
F 74
Sistema para elaborar y presentar la Forma fiscal 74, que es la declaración para uso exclusivo de Entidades Federativas, Distrito Federal o Municipios.
FIEL
Firma Electrónica Avanzada
FPE 2011
Es la Declaración Informativa del Fomento al Primer Empleo contenida en la Ley del mismo nombre y su objetivo es el cumplir con la obligación de presentar ante el SAT el aviso de aplicación de los beneficios y mensualmente reunir toda la información relativa a datos de la empresa, de los trabajadores de 1er empleo contratados, monto de la deducción, etc.
GDEF
Declaración informativa de las Entidades Federativas por la Recaudación de IEPS por Venta Final de Gasolina y Disel
IDSE
IMSS Desde Su Empresa, que es el sistema electrónico que permite realizar movimientos afiliatorios de reingreso variación de Salarios y Bajas
IA, IMPAC
Impuesto al Activo 
IEPS
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios establecida en la Ley del mismo nombre
IETU
Impuesto Empresarial a Tasa Única, que es el impuesto establecido en la Ley del mismo nombre publicada en el DOF el 1 de octubre de 2007
IMSS
Instituto Mexicano del Seguro Social
INFONAVIT
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
INPC
Indice Nacional de Precios al Consumidor
ISAN
Impuesto federal sobre Automóviles Nuevos
ISR
Impuesto Sobre la Renta
ISTUV
Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, “la tenencia”
IVA
Impuesto al Valor Agregado
LFD
Ley Federal de Derechos
MST
Módulos de Servicios Tributarios, que son pequeñas oficinas móviles que otorgan asesoría fiscal al contribuyente y se ubican en Centros y Plazas Comerciales, Casas de cultura y/o Presidencias Municipales
MULTI-IEPS
Para elaborar y presentar la información obligatoria exigida en la LIEPS
PF
Persona Física
PICE
Programa Integral de Combate a la Evasión
PITEX
Programa de Importación Temporal para producir artículos de Exportación, de la Secretaría de Economía
PM
Persona Moral
PROCAF 46
Sistema para el llenado y la presentación del formulario PROCAF 46 relativo a las facilidades para autofacturación.
PSECFDI
Proveedor de Servicios de Expedición de Comprobante Fiscal DIgital
PSGCFDA
Prestador de Servicios de Generación de CFD a sus Agremiados
Registro 15
Declaración Informativa de aprovechamiento por el manejo almacenaje y custodia de mercancía de comercio exterior. Recintos Fiscalizados. Son los concesionarios o autorizados a prestar todos estos servicios de comercio exterior, quienes deben integrar estos reportes de conformidad con el art. 15 de la Ley Aduanera
RFC
Registro Federal de Contribuyentes, popularmente así se le conoce a la clave que tiene todo contribuyente en los Estados Unidos Mexicanos y que permite la identificación unívoca para efectos impositivos. El conjunto de claves, forma el Registro Federal de Contribuyentes de la Federación.
RMF
Resolución Miscelánea Fiscal
RL
Representante Legal
SARE
Sistema de Apertura Rápida de Empresas,  que son oficinas que promueven en tiempo breve la apertura de una empresa o actividad económica y generalmente se encuentran instalados en Cámaras o Asociaciones o bien en Centros de Gobierno
SAT
SISTEMA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Es el órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera con el fin de asegurar la recaudación y fiscalización de los contribuyentes

SHCP
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Sicofi
Sistema Integral de Comprobantes Fiscales
Sipiad
Sistema de Presentación de la Información Alternativa al Dictamen fiscal

Sipred
Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal

Solcedi
Solicitud de Certificado Digital
SUA
Sistema Único de Autodeterminación, (IMSS, INFONAVIT Y AFORE) que es el sistema electrónico para la emisión de : cuotas obrero patronales a las cuentas individuales, a la demás ramos del seguro social, a las aportaciones patronales por concepto de vivienda  y a la amortización de créditos asignados a los trabajadores por el INFONAVIT 

Estos son suficientes para empezar a enunciar

martes, 20 de diciembre de 2011

¿ABROGACIÓN DE LA LIDE? -Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo


El 6 de octubre de 2011 el PRD a través de sus legisladores Sen. Tomás Torres Mercado. Sen. Rosalinda López Hernández Dip. Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez Dip. José Narro Céspedes, presentaron formalmente el proyecto de decreto que pretende abrogar la Ley del Impuesto a los depósitos en efectivo (LIDE) por considerar que no ha logrado la recaudación que se tenía estimada, en la explicación de motivos se puede leer que:
1.- la recaudación de este impuesto ha sido menor a lo esperado y la tendencia en los siguientes años, es a la baja.
2.- que aún cuando la economía informal se incrementa, según cifras del INEGI, el monto recaudado decrece y no ha logrado disminuir la evasión fiscal.
3.- que ha lesionado la débil proporcionalidad del sistema tributario mexicano, al hacerlo más complejo, inequitativo e incierto.
Además los legisladores consideran que la aplicación de este impuesto ha afectado a prestadores de servicios profesionales independientes, a pequeños comerciantes y a personas de la clase media, todos ellos registrados en el padrón de contribuyentes, al generar molestias innecesarias y elevar sus costos contables.
¿De verdad existe posibilidad que la LEY A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO sea abrogada?, la respuesta es: NO, creemos que eso no será posible, al menos no en el corto plazo.
Primeramente el IDE entró en vigencia en el 2008 y actualmente grava los depósitos en efectivo en cualquier institución financiera, incluyendo la compra  en efectivo de cheques de caja, por el exceso a $15,000 acumulados en base mensual con una tasa del 3%. Tiene básicamente 3 funciones:  recaudatoria, inhibitoria y de acopio de información.
Recaudatoria, hasta aquí los legisladores consideran que no ha cumplido su objetivo pues se tiene planeado cobrar menos del 50% de lo que originalmente en el 2008 se había recaudado.
Inhibitoria, pues pretende disminuir las operaciones en efectivo, y según cifras oficiales no ha desincentivado la informalidad. 
Acopio de información, puesto que alimenta a bases de datos relativas a los ingresos que los depositantes obtienen y que no declaran ante el SAT
El objetivo de recaudar mayores ingresos a la federación es evidente que no se ha cumplido, pues los informales han aprendido a evitar el uso del sistema financiero mexicano, y si bien no ha combatido las operaciones informales, sí ha evitado que ingresos pertenecientes a la informalidad ingresen a las instituciones bancarias.
Pero el objetivo que si se ha logrado es el de acopio de información, ya que ha detectado a cientos de miles de posibles evasores fiscales.
De eliminar la aplicación de este impuesto, el SAT bajaría la guardia y se presentaría una vez más el incremento de transacciones financieras producto de la informalidad. Por ello FME Contadores no percibe que se pueda garantizar la abrogación de este impuesto.

sábado, 17 de diciembre de 2011

HABLANDO DE FACTURACION ELECTRONICA… Cambio de prácticas


Con el ingreso a la facturación electrónica nuestras “malas” prácticas  desaparecerán, pues no hay que negar que de vez en cuando dejábamos “unas facturas” en blanco para "lo que se ofrezca" a  fin de mes.  Ahora las facturas serán timbradas (sello fiscal) con fecha y hora exacta de timbrado, por lo que todos los ingresos obtenidos tendrán que ser reportados en tiempo y forma.
De ninguna manera esto debe de preocuparnos, pues “la estrategia” no es omitir ingresos, sino una buena práctica fiscal; con un conocimiento profundo de la ley  hacer efectivas todas las deducciones y beneficios autorizados, bajo un buen esquema de planeación fiscal.  
Debemos  irnos incorporando a estos nuevos esquemas y no quedarnos en el pasado con prácticas antiguas que en la actualidad en vez de beneficiarnos nos perjudican.  El avanzar y mantener una contabilidad transparente y en tiempo nos evitará actualizaciones y recargos en el pago de nuestras contribuciones, y mejor aún, nos evitará multas e incluso hasta situaciones de índole penal.
Las estrategias fiscales se hacen “a la medida” de cada cliente,  desde personas físicas, micro, pequeña, mediana y grandes empresas; pues es en base a su operación en particular que se puede aplicar la ley y su debida interpretación, acuda siempre a expertos y así evitar cualquier contratiempo llevando una buena planeación fiscal; en FME Contadores, siempre estamos atentos a sus necesidades.


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miércoles, 14 de diciembre de 2011

HABLANDO DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA… ¿Estamos obligados o no?

Los contribuyentes que están obligados a facturar electrónicamente, son aquellos que tienen ingresos anuales superiores a los 4 millones de pesos.
Los contribuyentes que no están obligados pueden opcionalmente adherirse a este tipo de facturación, pues en poco tiempo las autoridades unificarán éste procedimiento hasta que todos seamos sujetos obligados 
Actualmente estamos en un periodo de transición y explicaremos los 4 tipos de facturación vigentes
  1. Facturación impresa (recibos o facturas impresos con impresores autorizados en papel)
Podemos seguir facturando hasta que se nos agoten las facturas que tenemos impresas o en cuanto pierdan su vigencia, es decir máximo en diciembre de 2012
  1. En 2010 se pudo optar por Facturación electrónica por medios propios (CFD) con autorización del SAT 
Quienes optaron por éste modelo, será respetado y válido, mayoritariamente quienes lo utilizan son grandes cadenas comerciales que tienen y tuvieron en su momento la infraestructura para adherirse a esta tecnología con medios propios de software
  1. Facturas con código bidimensional
Los contribuyentes con  ingresos iguales o menores a 4 millones de pesos al año, podrán optar por esta forma de facturar a partir de 2011, y se trata de la asignación de folios y de un dispositivo de seguridad (código de barras) para ser impreso en comprobantes, pueden ser impresos a través de sus propios recursos (computadora e impresora) o bien a través de un impresor
  1. A partir de 2011 es obligatoria la Facturación electrónica por medio de un tercero autorizado (CFDI)
A partir de ahora quien se adhiera o quien esté obligado a la facturación electrónica tendrá que ser por medio de un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), cumpliendo con los requisitos  y obligaciones establecidas por el SAT
Cabe mencionar que bien valdría la pena irse incorporando a esta nuevo esquema de CFDI (Certificado Fiscal Digital por Internet) conocido como Facturación Electrónica, no sin antes tener muy en cuenta que solo existen al día de hoy 44 Proveedores Autorizados  de Certificación (PAC) por el SAT, y hay muchos que se ostentan como autorizados sin serlo, pudiendo ocasionarnos riesgos innecesarios.  Tenga en cuenta que la elección de un PAC deberá ser cuidadosa, pues por medio de el pasará información de nuestro negocio o empresa.
En FME Contadores contamos con información necesaria para una buena elección, segura y conveniente en todos aspectos.




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