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viernes, 29 de enero de 2016

CENTROS CAMBIARIOS vs. MERCADO NEGRO, se le va de las manos a la CNBV

A todo lo largo del territorio mexicano, pero de manera más intensa en las zonas fronterizas, turísticas, de paso de migrantes, zonas portuarias, ya sea en Cancún, Culiacán o Tijuana se da el mercado negro de compra venta de divisas, sobretodo del dólar estadounidense. 

Desde 2008, cuando Ernesto Cordero se desempeñaba al frente de la SHCP en el gobierno de Felipe Calderón, las regulaciones para el mercado cambiario se intensificaron, desde los escándalos de la Casa de Cambio Puebla y Majapara, así como la cancelación de cuentas bancarias de Wachovia. Se impidió a las personas físicas operar como Casas de Cambio, y sólo como Centros Cambiarios, con obligaciones relativas a la identificación de operaciones y a la obtención de datos de los clientes.

Una nueva realidad se presentó para los grupos financieros, las operaciones de compra-venta de divisas, se restringieron de acuerdo al monto, cuantía, y obligaciones diversas en materia de prevención de operaciones con dinero proveniente de actividades ilícitas.

Esto ha creado una dicotomía en el mercado cambiario mexicano, por una parte los entes ‘regulados’ por la CNBV, y por otra un mercado negro más grande y activo, un mercado en donde no hay preguntas, sobre el origen de los recursos, ni identificaciones, ni cuestionarios de ningún tipo. Algunos centros cambiarios realizan dos tipos de transacciones, ‘las reguladas y las libres’ por así decirlo, de acuerdo a la conveniencia. Existe también discriminación de precios de las divisas, que depende del monto de la operación, y de la denominación de la moneda, los billetes de valores más altos tendrán precios más elevados. 

La CNBV, sabe de la existencia de muchos centros de intercambio de divisas que operan en la ilegalidad, pero no se hace nada, primeramente la Comisión se encarga de regular a los supervisados, de prevenir estas operaciones, pero el combate a la compra-venta ilegal de divisas le corresponde a diversas instancias como son la SHCP, por medio de la Procuraduría Fiscal, que a su vez requiere del despliegue y coordinación de varias instancias de la fuerza pública a nivel estatal, federal e incluso del auxilio del ejército.

Mientras se logra la coordinación de tareas, los comerciantes de divisas del mercado negro continuarán sus operaciones de manera rutinaria.

FME CONTADORES PÚBLICOS, ofrece servicios en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita como lo ordena la CNBV y diversas instituciones bancarias.



contacto@fmecontadores.com

MSA/l&ds/*.*

martes, 29 de diciembre de 2015

EL GORDO DE LA LOTERÍA NACIONAL, en la inanición desde hace tiempo



Este 24 diciembre 2015 se jugó el sorteo magno de navidad número 214 con $150 millones de pesos en 3 series. Sin embargo la Lotería Nacional para la asistencia pública, que este año está llegando a su aniversario 245, tiene ante sí, la peor crisis financiera y operativa de su historia.

Ya desde hace décadas enfrenta contracción de su capacidad financiera, las ventas de billetes han bajado año con año, a cada crisis económica los jugadores se ven reducidos, ya no alcanza el dinero, y menos para juegos de azar. Adicionalmente la reputación de la Lotería Nacional se ha visto trastocada desde hace años, un ejemplo es cuando en el 2004 la directora Laura Valdés 'renunció' o tuvo que renunciar a su cargo tras los escándalos de malos manejos financieros, la opacidad en los fideicomisos entre ellos el que beneficia a los vendedores, y sospechas de transferencias a la fundación Vamos México, que nunca se aclaró del todo. A ello se suman los fraudes en Melate, una organización hermana de la Lotenal, en donde a inicios de 2012 fue revelada la comisión de un fraude fraguado por los mismos empleados y directivos para beneficiarse con los premios de la bolsa garantizada.

Estos hechos han logrado que un 84% de jugadores de la Lotería, dejen de ser clientes asiduos de estos juegos de azar.

Del flujo de efectivo al tercer trimestre de 2015, publicado en el sitio oficial de la Lotenal y con el respaldo de la SHCP se observa que :

La venta de billetes, entre lo original presupuestado y lo real representa una baja del 34%, el gasto programable es superior a los ingresos netos =a venta de billetes(-)los premios(-)comisiones(-)incentivos y esto considerando que el Gobierno Federal otorga transferencias de apoyo a la Lotenal por arriba de los $102 millones de pesos. Finalmente después de restar otros gastos corrientes como son la Resoluciones judiciales y ayudas a billeteros y pensiones y jubilaciones se observa un balance operativo y financiero negativo de cerca de $11 millones de pesos, lo cual incluso ha  mermado la disponibilidad inicial de reservas.

La función social de Lotenal se está extinguiendo mientras la institución se debate en hacerle frente a su propios gastos con bajas ventas. 

Los vendedores se quejan a su vez de la baja en ventas y por ende de comisiones así como  del retiro de servicios médicos que brindaba la institución, además de que la Lotenal hace frente parcialmente al pago de impuestos (IEPS) y a los vendedores se les ha obligado a darse de alta ante el SAT y cumplir sus obligaciones fiscales.

Los juegos de azar manejados por el gobierno federal, representan un barril sin fondo que no es conveniente seguir manteniendo. Malas decisiones financieras, fraudes, competencia de loterías privadas, mal manejo del marketing y opacidad en su operación terminarán con esta vetusta institución.

Para conocer el detalle de los flujos de efectivo de Lotenal buscar la siguiente liga.

FME CONTADORES PÚBLICOS, ofrece servicios fiscales y de auditoría



MSA/*.*

domingo, 6 de julio de 2014

PRUEBA PERICIAL CONTABLE .- usos y abusos en la defensa por defraudación fiscal


El delito de defraudación fiscal, tal y como se enuncia en el Art. 108 del Código Fiscal (CFF)  establece que la autoridad fiscal debe probar, por parte del contribuyente, la comisión de acciones ilícitas o bien omisiones de las obligaciones para con la autoridad Fiscal.

Una vez que la autoridad recaudatoria, el SAT, valiéndose de sus atribuciones de fiscalización determina la realización de una verificación al contribuyente, para encontrar la probable comisión de delitos fiscales, y encontrados elementos de prueba formula un dictamen contable y el posible perjuicio fiscal, que es el daño al erario público, lo turna a la procuraduría fiscal para la formulación de la querella, dando aviso a la Procuraduría General de la República para integrar la averiguación previa y una vez encontrados elementos de prueba, turna esta averiguación ante un juez federal en materia penal, es entonces que puede iniciarse el proceso penal. 

Es pues aquí donde la pericial contable reviste gran importancia, pues se ofrece como prueba por parte del indiciado para desvirtuar las imputaciones en su contra. Su utilidad es de trascendental importancia para orientar el criterio del juzgador, debe ser elaborada por el asesor contable y el abogado defensor con pleno conocimiento de la totalidad de los actos y estrategia fiscal llevados a cabo por el contribuyente, ahora en proceso.

Deben tomarse las debidas precauciones al momento de integrar la pericial contable conjuntamente con los datos obtenidos de la visita de verificación de la autoridad fiscal, el cuestionario ofrecido por la defensa, la contabilidad y sus estados financieros, a manera de integrar una perspectiva global, debidamente engranada entre sí, para desvirtuar la acusación existente. Ese es su verdadero uso.

Sin embargo, la pericial contable, se ha venido empleando como un mecanismo de engaño para orientar la decisión del juez favoreciendo la parcialidad de la información que en ocasiones, de manera descarada induce a demostrar la indebida recolección de pruebas para tratar de exculpar al acusado. Igualmente se abusa de la pericial contable con el fin de ‘tratar de subsanar errores u omisiones pasadas’, o de usar esta pericial para darle ‘legalidad’ a actos contrarios a las leyes. Presentar este tipo de estrategias para la defensa del acusado, suele devenir en mayores problemas al tratar de inducir al error, al engaño o la simulación. La pericial contable no debe ser usada para ‘tratar de resolver errores u omisiones’, una adecuada planificación fiscal integrar ahora ayudará en el presente a evitar omisiones fiscales que pudieran ser motivo de revisión en el futuro.

En próxima entrega expondremos un caso sobre el uso indebido de la pericial contable.

FME CONTADORES PÚBLICOS, ofrece servicios integrales en materia fiscal que le ayudarán a planificar adecuadamente sus pagos de impuestos o bien a solucionar los problemas ya existentes con el fisco.


domingo, 29 de junio de 2014

Pericial Contable.- prueba en la defensa por defraudación fiscal


Se entiende por pericial contable, al documento que contiene elementos de juicio emitidos por un individuo que cuente con una preparación especializada, en este caso en el ámbito de la contabilidad, a fin de esclarecer algunos de los hechos materia de controversia; que además se trata de una prueba reconocida por la Ley en el  Artículo 93 fracción IV, del Código de Procedimientos Civiles.

Y es en la actualidad que con el reforzamiento de sus atribuciones de fiscalización, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), han aumentado sensiblemente los supuestos casos de defraudación fiscal, que esta autoridad ha consignado al Poder Judicial.

El SAT desde hace unos años, viene reforzando su lucha contra la evasión fiscal, el lavado de dinero y la informalidad, pues estos factores originan detrimento al erario público. Durante el período enero-marzo 2014 se recaudó un 81% más que en el  mismo periodo de 2013 con la aplicación de políticas de fiscalización más agresivas..

En el caso de que una persona (física o moral) sea sujeto de una auditoría por parte de la autoridad fiscal a fin de determinar la presunción de la comisión del delito de fraude contra el fisco, es oportuno mencionar que la Pericial Contable, será el elemento probatorio que servirá al Juez para orientar su juicio durante el proceso, respecto a la desestimación del supuesto delito de defraudación fiscal por parte del contribuyente sujeto a procedimiento.

La prueba pericial contable  para efectos de litigios fiscales y penales es pues un medio de prueba reconocido por la Ley cuya intención es la de desvirtuar la acusación del delito o bien acreditar un hecho mediante la aportación de pruebas para conseguir ese objetivo.

Además de ser un elemento probatorio en los casos de litigios por la posible comisión de delitos de defraudación fiscal, también es de suma importancia en el caso de litigios administrativos como en el caso del procedimiento contencioso relativo al juicio de nulidad  y a aspectos netamente jurídicos como lo es el recurso de amparo.

FME CONTADORES PÚBLICOS, S.C. ofrece asesoría integral en materia fiscal, con el fin de lograr el adecuado cumplimiento de sus obligaciones en materia de impuestos o bien coadyuvar con pruebas contables en el caso de litigios.


sábado, 15 de junio de 2013

REFORMA EN TELECOMUNICACIONES 2013, segunda parte


Creación del Instituto Federal de Telecomunicaciones y desaparece COFETEL

El justificante para quitar a COFETEL y aprobar IFETEL, es el de dotar de independencia a este ente regulatorio y también defender verdaderamente al público consumidor. 

Para que funcione IFETEL, es necesario que realice una buena función  sus integrantes, por ello los candidatos han de ser sugeridos al Presidente de la República por un comité evaluador y ratificados por el Senado.

Es menestar, mencionar el opaco desempeño de Mony de Swann, quien no contaba en su trayectoria con conocimientos sobre el estado de las telecomunicaciones en México, y fue nombrado Comisionado por el ex-presidente Felipe Calderón, esto debido a que tenía buena amistad con el también ex-subsecretario de la SCT, el también tristemente célebre Juan Francisco Molinar Horcasitas - sobre cuyos hombros transita la dolorosa pesa de la guardería ABC de Hermosillo Sonora- . 

Finalmente se esperaría que se nombrara a un grupo de conocedores del mercado de telecomunicaciones en México, y se evitara el nombramiento de funcionarios, determinados por compadrazgos y círculos de amistades.

Igualmente el ex-comisionado Osuna - ex Telmex- favorecía sobremanera los intereses de  su anterior patrón. Y así podemos encontrar una serie de bemoles en los anteriores comisionados: Lozano, Casasús, Nicolín...

Es tiempo de que el mercado de las Telecomunicaciones en México sea un factor importante del crecimiento y que se limite y circunscriba debidamente el actuar monopólico de los Grupos que tienen dominancia en el mercado.


Torna inviolable la libertad de difundir opiniones e información y prohíbe la censura, salvo que este argumento parece contraponerse a las regulaciones del IFE, sobre todo aquellas expresiones de ideas y opiniones emitidas durante una veda electoral. Habrá ver como pone límites al apoyo a candidaturas durante procesos electorales.

Elimina la figura de infomerciales, es decir, de publicidad disfrazada como psudo-trabajo periodístico y de investigación. Es importante determinar que parece ser que será el IFETEL, quien verifique esta situación y no la PROFECO. Con ello se eliminaría una gran cantidad de medicamentos y productos milagro - Asepsia, Coledia, Goicochea, etc, etc.- que molesta, no únicamente por la gran cantidad de anuncios publicitarios - hasta 10 en un segmento de 5 minutos de programación, sino porque además de inducir al engaño de la población con sus supuestos efectos paliativos de acción inmediata, también ofende la inteligencia del público.

Se ve difícil que desaparezcan del todo, ya se verá que respuesta ofrecen las televisoras.

Crea la figura de Concesión única, este punto es importante porque los títulos de Concesión se venían otorgando como “redes públicas de telecomunicaciones locales para prestar servicios específicos” ahora, todos los Concesioarios tendrán títulos de concesión genéricos, con ello se abre la puerta de manera muy directa para que Telmex pueda prestar el servicio de televisión restringida. Los únicos requisitos son los de cumplir las obligaciones y compromisos que determine la SCT y el IFETEL.

Telmex ,Telnor y Amércia Móvil en semanas previas habían anunciado que era incierta en gran medida la afectación o impacto que traería la aprobación de la Reforma en Telecomunicaciones, para el desarrollo de sus negocios. Recordemos simplemente que cuando se aprobó el esquema de cobranza CPP (el que llama paga), Radiomóvil Dipsa, es decir, Telcel se amparó pues consideraba que sería lesivo a sus intereses. Y finalmente  la adopción del CPP le benefició sobremanera, pues su tráfico creció enormemente, al contrario de lo que venía ocurriendo con el esquema de “el que recibe, paga”

Obliga a los Concesionarios que prestan servicios de TV por cable al “must offer” y al “must Carry”, es decir las televisoras deberán otorgar sus contenidos de televisión abierta, sin cobrar a los cableros, y estos a su vez se obligan en transmitir estos canales también sin cargo. Esta obligación es aplicable a todos con excepción de quienes han sido calificados como dominantes en el mercado (TELMEX-TELNOR) . Quienes si tendrán que pagar por transmitir esas señales. 

(Con ello esperemos que la controversia entre Megacable y TV azteca, llegue a su fin). Asimismo los Cableros deberán incluir las señales que el estado difunda, Canal del Congreso, Canal Judicial.

Quedan todavía más puntos a discutir respecto a la Reforma en Telecomunicaciones 2013, continuaremos en una tercera parte.

RECUERDE LEER LA PRIMERA PARTE DE ESTE ANÁLISIS


FME CONTADORES PÚBLICOS, S.C. se ha desempeñado como perito en materia de Finanzas y contabilidad en materia de Telecomunicaciones.




martes, 11 de junio de 2013

REFORMA EN TELECOMUNICACIONES 2013.- primera parte


El decreto de la reforma en Telecomunicaciones publicado en el DOF el miércoles 11 de junio de 2013, buscará promover el crecimiento y evitar la concentración monopólica en el Sector Telecomunicaciones.

Peña Nieto, lo calificó de ‘histórico’, sin embargo, ¿qué es lo que este decreto contiene? y lo que es más importante ¿de verdad servirá para hacer crecer el sector y evitar la concentración favoreciendo verdaderamente al consumidor?





Puntos relevantes:

  • Crea el INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES y desaparece COFETEL

  • manifiesta la obligación del Gobierno Federal para dar a toda persona en territorio nacional, el libre acceso a la información y a las tecnologías de información y comunicación, radiodifusión y telecomunicaciones en general.

  • torna inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas y declara imposible la restricción de este derecho por vías o medios indirectos, prohíbe a leyes y autoridades la previa censura, y la limitación de esta libertad.

  • busca regular, aprovechar y explotar el espectro radioeléctrico a través de un sólo ordenamiento legal y convergente.

  • elimina la figura de “infomerciales”, es decir anuncios publicitarios que asumen la forma  de noticia o trabajo periodístico o de investigación. ¿adiós Genoma Lab?

  • crea la figura de Concesión Única, en lugar de las concesiones por servicios.

  • obliga a los Concesionarios que prestan servicios de televisión por cable, a distribuir gratuitamente las señales que las televisoras ofrecen también de manera gratuita, con excepción de quienes han sido calificados como dominantes en sus mercados. (“must carry” y “must offer”)

  • establece la obligación de licitar nuevas concesión de televisión abierta, a manera de integrar por lo menos dos cadenas nacionales. ¿adiós duopolio televisa-azteca?

  • ya no podrán impugnarse las resoluciones en materia de telecomunicaciones, si no es mediante amparo indirecto y no serán objeto de suspensión. 

  • permite la inversión extranjera directa hasta 100% en telecomunicaciones  terrestres y vía satélite, y hasta 49% en radiodifusión.

  • permitirá que los concesionarios de telecomunicaciones puedan acceder e interconectarse a las redes públicas del concesionario con poder sustancial en el mercado. ¿la red de telmex podrá ser compartida con todos los otros concesionarios?

  • la transición al sistema digital terrestre culminará el 31 de diciembre de 2015

  • cuando termine el proceso de transición a televisión digital, los concesionarios deberán devolver las frecuencias que les fueron otorgadas en años previos, a fin de garantizar el uso eficiente del espectro radioeléctrico y la banda de 700 MHz.

  • cambia las reglas para nombrar comisionados en la Comisión Federal de Competencia Económica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

  • establece la regulación de publicidad en radio y televisión.

  • convoca a la Judicatura Federal a la formación de jueces expertos en la materia de radiodifusión, telecomunicaciones y competencia económica.

  • la red pública de telecomunicaciones que opera CFE, pasará íntegramente al Instituto.


Obviamente sabemos que tiene varias inquietudes: Se preguntará ¿qué es el espectro radioeléctrico?, ¿que relevancia tendrá el Instituto frente a la Comisión?, ¿qué importa la figura de Concesión Única y no por servicios?, ¿que diferencia tiene el que el poder Judicial se especialice en el tema competencia económica y telecomunicaciones? y otras inquietudes. (La verdad es que para las personas que no están versadas en el tema telecomunicaciones todos estos temas parecen intrascendentes e irrelevantes.

Así que vayamos paso a paso:

¿qué es el espectro radioeléctrico y por qué tiene tanta importancia?

“El espectro radioeléctrico es el conjunto de ondas electromagnéticas que se propagan por el espacio sin necesidad de guía artificial y es utilizado para la prestación de servicios de telecomunicaciones, radiodifusión y televisión, seguridad, defensa, emergencias e investigación científica, forma parte de un recurso natural limitado del país, que es necesario para llevar el sector de la información y las comunicaciones al alcance de los ciudadanos.”  

Al final de cuentas es un bien intangible (no se puede tocar o ver, lo que hace difícil para el ciudadano común el entender su importancia) y es necesario para poder ver la televisión, escuchar la radio, comunicarse por teléfono, celular, etc. 

Es un bien público que de desperdiciarse o hacer mal uso del mismo el país y todos los ciudadanos pierden, pierden dinero, pierden servicios, pierden impuestos, y un largo número de etcéteras.

¿Qué significa la obligación del Gobierno dar libre acceso a las telecomunicaciones y garantizar la libertad de expresión?

Esto se antoja un tanto ambicioso, puesto que garantizar el libre acceso a las telecomunicaciones requiere de inversión.  Ya sea privada o pública, no hay más. Esto tiene graves implicaciones puesto que las comunidades rurales, que en ocasiones no cuentan con servicios de electricidad- tienen el derecho de exigir al Gobierno el libre acceso a tecnologías de información. Para ello se requiere presupuesto, y con ello más ingresos vía impuestos. Por ello se alienta la inversión extranjera directa hasta en un 100%. Con ello se ‘fortifica’ aún más la situación de Telefónica, con inversión extranjera en más del 49% que Telmex y Telcel, tanto impugnaron. Recordemos también la polémica levantada hace unos años entre la norteamericana NBC y TV Azteca. 
Pero además hace difícil que la inversión privada invierta en zonas rurales o de escasos recursos, dado que por tendencia natural los mercados de telecomunicaciones se comportan como “descremadores de mercado” -cream skimming-, es decir buscan magnificar sus ingresos con la mínima inversión posible. Al final de cuentas una política centralista que afecta los más desprotegidos. Esto aún no es muy claro, y si bien es una propuesta bien interesada, económicamente no ofrece incentivos para la inversión privada. Habrá que dar seguimiento en el tiempo a las políticas coercitivas para amarrar la inversión en áreas redituables con la inversión en zonas menos atractivas, o bien mediante una política de incentivos (dar-dar).

Quedan varios puntos por analizar, pues la propuesta de telecomunicaciones es muy grande en la segunda parte continuaremos el análisis de los puntos restantes.


FME CONTADORES PUBLICOS se ha desempeñado como Perito en  contabilidad y auditoría en materia de Telecomunicaciones.




viernes, 2 de marzo de 2012

ASEGURADORAS. La importancia del peritaje en la indemnización



En FME CONTADORES PÚBLICOS, deseamos compartir el caso específico que uno de nuestros clientes enfrentó al resultar perjudicado en un accidente automovilístico y que esperamos le sea de utilidad práctica en su caso.
El cliente en cuestión es una empresa de telecomunicaciones, que presta el servicio de internet en el estado de México quien en el año 2011 se vio afectada porque un camión del servicio federal de carga se impactó contra varios postes en la vía pública, destruyendo un tramo de 150 metros de la red de fibra óptica y su equipo.
El chofer fue detenido en el sitio por policías estatales, quien por cierto no se encontraba bajo el influjo de alcohol o enervantes, se presentó el ajustador de la empresa aseguradora del camión, quien aceptó responsabilizarse por los daños causados.
Se tomaron fotografías del lugar del accidente y se elaboraron 2 peritajes (uno en materia de telecomunicaciones avalado por la SCT y otro en materia contable firmado por nuestro despacho) es menester mencionar que ambos peritajes se realizaron con la rigurosidad técnica necesaria, la evaluación de estos daños fue presentada a la aseguradora, quien de inmediato se inconformó con el monto reclamado, y se negó a cubrirlo.
Se presentó entonces la queja ante la CONDUSEF*, para que actuara a su vez como mediador y es que fueron exhibidos los peritajes. La aseguradora, a su vez reiteró que presentaría reporte de perito en la siguiente reunión conciliatoria, si embargo, nunca la presentó, únicamente exhibió el reporte del ajustador, a quien el representante legal de la aseguradora insistía en llamarle “perito”.
En la segunda reunión conciliatoria no se llegó a ningún acuerdo, pero el representante de la CONDUSEF estableció un plazo de 40 días para llegar a un convenio entre las partes, que de no lograrse se dejarían a salvo los derechos del afectado para continuar con la reclamación de los hechos por vía judicial.
Transcurrido el término de 40 días sin llegar a un acuerdo, la aseguradora únicamente quería responsabilizarse por el 10% del total de los daños establecidos en los peritajes contables, se procedió a la presentación de la denuncia penal en contra de la empresa propietaria del vehículo y del chofer; sin embargo en este lapso de tiempo la empresa aseguradora decidió ofrecer hasta el 85% del monto reclamado por lo que el cliente aceptó la indemnización.
Es relevante hacer notar que:
- Es importante registrar debidamente los hechos y daños cometidos mediante fotografías y testimonios y cualquier otra prueba que deje evidencia de los hechos.
- La aseguradora se encontraba notoriamente en desventaja ante la imposibilidad de rebatir  los peritajes de telecomunicaciones y contable.
- La presentación de la queja ante la CONDUSEF*, que si bien no sirvió de mucho en términos reales, el acto de su intermediación permitió desahogar instancias previas y proceder inmediatamente a su reclamo judicial. 
Así que cada vez que tenga un problema como usuario de servicios financieros documente su caso, de ser posible presente dictamen y reclame ante la CONDUSEF*.
En FME CONTADORES, podemos asesorarle debidamente y colaborar con usted y su empresa en la elaboración de dictámenes financieros y contables.

*Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)