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martes, 26 de julio de 2016

PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO .- Auditoría PLD y FT



Al público interesado en prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, presentamos una recopilación de nuestros artículos en la materia, mismos que hemos publicado desde 2011.

El concepto PLD / FT, es de especial interés para los entes financieros supervisados por la CNBV, la información está orientada a Oficiales de Cumplimiento, Auditores Internos y Externos, abogados y demás profesionales relacionados PLD / FT. 

Además de temas relativos al cumplimiento de obligaciones en materia PLD / FT supervisadas por la CNBV y requisitos para obtener y renovar el registro ante la CONDUSEF, también ofrecemos artículos relativos a la LFPIORPI* de cumplimiento obligatorio para los sujetos que realizan operaciones vulnerables.

Recordemos que el pasado 2 de julio 2016 se llevó a cabo, por parte de la CNBV, el cuarto examen de certificación en materia PLD / FT para oficiales de cumplimiento, auditores externos y demás profesionales, los resultados deberán ser comunicados en agosto 2016.

Destacamos igualmente que el dictamen en materia PLD / FT que se presentará dentro de los primeros 60 días de 2017, deberá estar elaborado por Auditor Certificado por la CNBV incluso para las SOFOM ENR.

*LFPIORPI.- Ley Federal para la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita.


Aquí nuestra guía de Artículos en la materia:


AUDITORÍA Y NORMAS PLD / FT





















CONCEPTOS BÁSICO DE PLD FT










LFPIORPI 







FME CONTADORES, consultores y auditores certificados en PLD / FT


MSA/l&ds/*.*



martes, 2 de febrero de 2016

PENSIONES IMSS, ¿sabe qué régimen es el que le corresponde?


Con la reforma al sistema de pensiones y ahorro para el retiro de 1997 dos tipos de regímenes por los que el IMSS pensiona a los trabajadores prevalece en el país.

RÉGIMEN DE 1973

RÉGIMEN DE 1997

Así quienes se pensionaron antes del 1 de julio de 1997 lo hicieron por el régimen de 1973, quienes han cotizado para ambos regímenes se le considera un ‘empleado en transición’ por lo que al momento del retiro se le dará a escoger entre los dos regímenes, el que más le convenga.

¿sabe en que consisten los regímenes de 1973 y 1997?


PENSIÓN POR RÉGIMEN DE 1973

Requiere mínimo 500 semanas de cotización y se debe tener además los siguientes requerimientos de edad:

60 años
Pensión por Cesantía en edad avanzada que le corresponde 75% del salario base de cotización promedio de los últimos 5 años laborados.

61 años
Pensión por Cesantía en edad avanzada que le corresponde 80% del salario base de cotización promedio de los últimos 5 años laborados.

62 años
Pensión por Cesantía en edad avanzada que le corresponde 85% del salario base de cotización promedio de los últimos 5 años laborados.

63 años
Pensión por Cesantía en edad avanzada que le corresponde 90% del salario base de cotización promedio de los últimos 5 años laborados.

64 años
Pensión por Cesantía en edad avanzada que le corresponde 95% del salario base de cotización promedio de los últimos 5 años laborados.

65 años
Pensión por Vejez que le corresponde 100% del salario base de cotización promedio de los últimos 5 años laborados.

*Recuerde que el salario base de cotización, es el salario con el que fue dado de alta en el IMSS.

PENSIÓN POR RÉGIMEN DE 1997

Requiere mínimo 1250 semanas de cotización
Tener 60 a 64 años para ser acreedor a una pensión por cesantía en edad avanzada
Tener al menos 65 años para hacerse acreedor a una pensión por vejez

En este caso los recursos que obtenga de pensión serán por el monto acumulado en su cuenta de AFORE, proveniente de las aportaciones efectuadas durante sus años como trabajador, más las aportaciones voluntarias que haya decidido contratar.

Al momento de pensionarse el IMSS decidirá el tipo de pensión que le aplica al trabajador en retiro, puede ser de tres tipos: Renta vitalicia, retiro programado o Pensión Mínima Garantizada (PMG)

RENTA VITALICIA
Se contrata un seguro de pensión con una aseguradora privada y esta pagará un monto mensual al pensionado por toda su vida.

RETIRO PROGRAMADO
Se contrata directamente con una AFORE, y se podrá obtener una renta vitalicia mayor a la del programa anterior, siempre y cuando, tenga fondos suficientes en la cuenta individual de ahorro para el retiro (AFORE), que le permita al menos que la pensión sea igual o mayor a la PMG

PENSIÓN PMG
Es la pensión mínima asegurada por el Gobierno Federal, a la que se tiene derecho si los recursos de la AFORE no son suficientes para contratar alguna de las dos opciones antes mencionada, y le corresponde un salario mínimo vigente al mes.

En todos estos casos el monto de la pensión se irá actualizando anualmente de acuerdo al índice nacional de precios al consumidor.

FME CONTADORES, ofrece servicios de consultoría en áreas fiscales y de seguridad social.





MSA/l&ds/*.*

domingo, 24 de enero de 2016

AYUNOS PROLONGADOS, las consecuencias


A todos aquellos, que por motivos de trabajo o estudio solemos saltarnos alimentos, las consecuencias son diversas, algunas notorias en el momento y otras a largo plazo.

FME CONTADORES siempre ofrece información importante

contacto@fmecontadores.com

domingo, 17 de enero de 2016

IMSS, ahora se interesa más que nunca por promover la salud

Ante el avance de enfermedades metabólicas, promoción contra la obesidad y la prevención de enfermedades, difundiremos material de salud, proporcionado por el Seguro Social. México destaca como el primer lugar mundial de obesidad infantil.




FME CONTADORES PÚBLICOS, ofrece información siempre útil


contacto@fmecontadores.com

lunes, 3 de marzo de 2014

PRODUCTOS FINANCIEROS, no más ventas atadas


La reforma financiera trae consigo, disposiciones obligatorias para bancos e instituciones financieras y crediticias, entre otras:  

La prohibición de condicionar la venta o contratación de operaciones o servicios financieros a la contratación de otros, que entrará en operación a partir del 10 de abril del 2014.  

Con ello se acerca el fin de la reciprocidad bancaria. 

La Condusef menciona que estará prohibida la comisión de prácticas como:

  • obligar a contratar un servicio de banca por internet avanzado o con costo al abrir una cuenta de depósito

  • con la contratación de créditos al consumo, y préstamos de nómina se prohibirá la condicionante de contratar algún seguro determinado de vida y/o desempleo con una aseguradora en específico, pudiendo elegir la institución más conveniente para el usuario.

  • en la contratación de un crédito automotriz tampoco se podrá obligar a la contratación de  seguro vehicular o de vida con una asegurada impuesta.

Se busca con ello, favorecer al cliente que acude a las instituciones financieras y permitirle la opción más favorable a su bolsillo, lo mismo que incrementar la competencia entre instituciones aseguradoras. Con ello, se podrá favorecer a instituciones bancarias pequeñas y eliminar las conductas monopólicas de grupos financieros grandes. 

FME CONTADORES, información siempre útil.


viernes, 2 de marzo de 2012

ASEGURADORAS. La importancia del peritaje en la indemnización



En FME CONTADORES PÚBLICOS, deseamos compartir el caso específico que uno de nuestros clientes enfrentó al resultar perjudicado en un accidente automovilístico y que esperamos le sea de utilidad práctica en su caso.
El cliente en cuestión es una empresa de telecomunicaciones, que presta el servicio de internet en el estado de México quien en el año 2011 se vio afectada porque un camión del servicio federal de carga se impactó contra varios postes en la vía pública, destruyendo un tramo de 150 metros de la red de fibra óptica y su equipo.
El chofer fue detenido en el sitio por policías estatales, quien por cierto no se encontraba bajo el influjo de alcohol o enervantes, se presentó el ajustador de la empresa aseguradora del camión, quien aceptó responsabilizarse por los daños causados.
Se tomaron fotografías del lugar del accidente y se elaboraron 2 peritajes (uno en materia de telecomunicaciones avalado por la SCT y otro en materia contable firmado por nuestro despacho) es menester mencionar que ambos peritajes se realizaron con la rigurosidad técnica necesaria, la evaluación de estos daños fue presentada a la aseguradora, quien de inmediato se inconformó con el monto reclamado, y se negó a cubrirlo.
Se presentó entonces la queja ante la CONDUSEF*, para que actuara a su vez como mediador y es que fueron exhibidos los peritajes. La aseguradora, a su vez reiteró que presentaría reporte de perito en la siguiente reunión conciliatoria, si embargo, nunca la presentó, únicamente exhibió el reporte del ajustador, a quien el representante legal de la aseguradora insistía en llamarle “perito”.
En la segunda reunión conciliatoria no se llegó a ningún acuerdo, pero el representante de la CONDUSEF estableció un plazo de 40 días para llegar a un convenio entre las partes, que de no lograrse se dejarían a salvo los derechos del afectado para continuar con la reclamación de los hechos por vía judicial.
Transcurrido el término de 40 días sin llegar a un acuerdo, la aseguradora únicamente quería responsabilizarse por el 10% del total de los daños establecidos en los peritajes contables, se procedió a la presentación de la denuncia penal en contra de la empresa propietaria del vehículo y del chofer; sin embargo en este lapso de tiempo la empresa aseguradora decidió ofrecer hasta el 85% del monto reclamado por lo que el cliente aceptó la indemnización.
Es relevante hacer notar que:
- Es importante registrar debidamente los hechos y daños cometidos mediante fotografías y testimonios y cualquier otra prueba que deje evidencia de los hechos.
- La aseguradora se encontraba notoriamente en desventaja ante la imposibilidad de rebatir  los peritajes de telecomunicaciones y contable.
- La presentación de la queja ante la CONDUSEF*, que si bien no sirvió de mucho en términos reales, el acto de su intermediación permitió desahogar instancias previas y proceder inmediatamente a su reclamo judicial. 
Así que cada vez que tenga un problema como usuario de servicios financieros documente su caso, de ser posible presente dictamen y reclame ante la CONDUSEF*.
En FME CONTADORES, podemos asesorarle debidamente y colaborar con usted y su empresa en la elaboración de dictámenes financieros y contables.

*Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)