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lunes, 4 de abril de 2016

SISTEMAS AUTOMATIZADOS PLD / FT - IT, riesgo y control interno-

Desde las modificaciones a diversas Leyes  y disposiciones de carácter general que rigen el sistema financiero mexicano efectuadas en 2014, se ha intensificado, entre otras cosas, la necesidad de que entidades financieras dispongan de sistemas electrónicos automatizados que permitan facilitar las labores relativas a la vigilancia, supervisión y monitoreo de las operaciones efectuadas por los clientes y usuarios de las referidas entidades.

Entre otras, son las disposiciones de carácter general que se refieren a los art. 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en su Capítulo X 51a., la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito en su Capítulo IX 43a, la Ley de Ahorro y Crédito Popular Capítulo XI 54a, etc. que determinan la necesidad de implementar sistemas electrónicos que permitan entre otras las siguientes funciones:

1) conservar, actualizar y consultar la totalidad de registros de información que obre en el respectivo expediente de identificación de cada uno de los clientes

2) generar, codificar, encriptar y transmitir a la SHCP, por conducto de la CNBV los reportes de las operaciones inusuales e internas relevantes

3) clasificar las operaciones y productos financieros que ofrezcan las entidades a sus clientes a fin de detectar posibles operaciones inusuales.

4) detectar y monitorear operaciones de los clientes a fin de encontrar operaciones de las referidas a operaciones inusuales con efectivo y metales preciosos amonedados, así como con cheques de viajero.

5) ejecutar un sistema de alerta 25a, que permita identificar  la detección, seguimientos y análisis de posibles operaciones inusuales e internas preocupantes

6) consolidar todas las cuentas y contratos de los clientes para lograr el control y supervisión integral 
conservar registros históricos de las operaciones inusuales e internas preocupantes

7) servir de medio para que el personal pueda comunicar a los organismos de supervisión que la misma entidad determine, las operaciones inusuales e internas preocupantes, de una forma confidencial, auditable y segura.

8) mantener esquemas de seguridad para que la información y registros procesados se encuentren íntegros, disponibles, auditables y confidenciales.

9) ejecutar un sistema de alertas respecto a las operaciones a ser efectuadas por PEPS y a las personas que se encuentren en la lista de bloqueadas emitida por la CNBV

El desarrollo e implementación de sistemas automáticos, requiere del conocimiento de sistemas, expertos en IT, en control interno y lo mismo en la regulación y determinación de riesgos.

Es una tarea multidisciplinaria que ha de analizarse y desarrollar desde distintos flancos. Sobretodo porque de la inoperatibilidad de los sistemas automatizados podría generar elevadas multas por parte de la autoridad y esto por no cumplir adecuadamente los estándares requeridos por la legislación y por las políticas y procedimientos de cada entidad. Lo cual viene a elevar el gasto de las entidades financieras, los bancos tienen áreas de desarrollo de sistemas, pero organismos auxiliares del sistema financieros más pequeños como SOFOMES, SOFIPOS, CENTROS CAMBIARIOS, etc, tendrán que buscar desarrolladores IT para cubrir sus necesidades específicas.

FME CONTADORES, ofrece servicios integrales de consultoría en materia de PLD / FT, en combinación con su propio equipo IT a fin de realizar las evaluaciones pertinentes.



contacto@fmecontadores.com


CNBV= Comisión Nacional Bancaria y de Valores
SHCP= Secretaría de Hacienda y Crédito Público
PEPS= personas políticamente expuestas

MSA/l&ds/*.*

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