No es novedad que miles de productos chinos están siendo comercializados en diferentes países, a precios irrisorios, en detrimento de las industrias propias de esos mismos países, atentando igualmente contra las normas de seguridad y estándares de calidad. Es así que derivado de una queja impuesta por una empresa Mexicana, se ha logrado establecer una cuota compensatoria para la importaciones de cable coaxial RG. Para quien no lo sepa, este cable es el que conecta a sus televisores con las redes de televisión restringida ya sean de televisión por cable o antena satelital
Desde el año de 2012 se estableció una cuota compensatoria, en defensa de la industria de fabricación de cables quedando de la siguiente forma:
88% para las importaciones provenientes de Hangzhou Chuangmei Industry Co., Ltd. y Hangzhou Risingsun Cable Co., Ltd
345.91% para las importaciones provenientes de las demás exportadoras Chinas
Sin embargo después de continuas querellas y acciones legales, se inició un periodo de revisión que finalmente concluyó en 2015 y que obtuvo la siguiente resolución.
Se impone una cuota compensatoria defectiva de 4.32 dólares por kilogramo a las importaciones de cable coaxial del tipo RG con o sin mensajero que ingresen por las fracciones arancelarias 8544.20.01, 8544.20.02, y 8544.20.99 de la TIGIE, o por cualquier otra originarias de China, independientemente del país de procedencia. (Esto es, para evitar comercio triangular)
para conocer más leer la resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación 24/12/2015
Recordemos también que la industria de telecomunicaciones en México ha crecido de manera acelerada en los últimos años, y que muchos cableoperadores emplean cables chinos por su bajo precio, en detrimento de la calidad
*Dumping.- es la práctica de comercializar un producto por debajo de su precio de mercado, e incluso por debajo de su costo de producción a efecto de eliminar a otros competidores y establecer un monopolio
Información siempre útil en el ámbito de negocios FME CONTADORES
MSA/*.*
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