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miércoles, 9 de marzo de 2016

PLD / FT, auditoría interna como línea de defensa y la función de los auditores externos

En materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo PLD / FT, diversos organismos internacionales han establecido parámetros mínimos para el combate internacional de ambos delitos. En este sentido, de acuerdo  a la adecuada gestión de los riesgos, documento elaborado por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea*, hay 3 líneas de defensa:

1.- las políticas y procedimientos adecuadamente aplicados en las operaciones de cara al público y contacto directo con clientes.
2.- el responsable ejecutivo de PLD / FT, que deberá hacerse responsable del seguimiento continuo del cumplimiento de todas las obligaciones en materia de PLD /FT, por parte del banco, en otras palabras, el oficial de cumplimiento, en la legislación mexicana.
3.- La auditoría interna, pues desempeña una función importante al evaluar de forma independiente la gestión y los controles del riesgo, rindiendo cuentas al comité de auditoría del Consejo de Administración o a un órgano de vigilancia.  El banco deberá implantar políticas para la realización de auditoría sobre:
  1. la adecuación de las políticas y procedimientos PLD/FT para tratar los riesgos identificados
  2. la eficacia de la aplicación de las políticas y procedimientos por parte del personal
  3. la eficacia de la vigilancia del cumplimiento y del control de calidad, incluyendo alertas automáticas
  4. la eficacia de los programas de formación de personal relevante del banco. La alta gerencia deberá garantizar que las funciones de auditoría se le asigne a personal experto en la materia y la experiencia adecuada para realizar dichas auditorías. La dirección deberá garantizar que el alcance y metodología de auditorías se adecuan al perfil de riesgo del banco y la frecuencia de auditorias dependerá del riesgo. Los auditores internos periódicamente deberán realizar auditorías PLD/FT de todo banco, y mostrar iniciativa en el seguimiento del resultado de sus trabajos y recomendaciones.

Ahora bien, a nivel internacional, los auditores externos desempeñan una importante función al evaluar los controles y procedimientos internos de los bancos en el curso de sus auditorías financieras y al confirmar que cumplen las regulaciones prácticas de supervisión en materia de PLD / FT. En los casos que el banco utilice auditores externos para evaluar la eficacia de las políticas y procedimientos en materia de PLD / FT, deberá garantizar que el alcance de la auditoría se adecua a los riesgo del banco y que los auditores asignados a estas labores disponen de los conocimientos y experiencia necesarios. Por ello son útiles la obtención de certificaciones tanto de organismos regulatorios nacionales como los es la Certificación en materia de PLD / FT de la CNBV o bien la de agencias externas como la ACAMS (Asociación de Especialistas Certificados en Antilavado de Dinero).

* el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, fue establecido en 1974 por los gobernadores de los bancos centrales del Grupo de los 10, su objetivo es promover estándares mundiales de supervisión eficientes, ejercido por el Banco de Pagos Internacionales, que promueve la cooperación entre los bancos centrales y otras agencias para lograr la estabilidad monetaria y financiera. Sus recomendaciones no contienen fuerza legal, son principios generalmente aceptados, y tomó su nombre de la ciudad de Basilea Suiza.


FME CONTADORES, ofrece asesoría en materia de PLD / FT, a través de sus profesionales certificados por la CNBV




MSA/l&ds/*.*

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