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jueves, 13 de diciembre de 2018

AMLO y el SAT


SAT endurecerá medidas contra la evasión fiscal en el Gobierno de AMLO

Una de las promesas del entonces candidato a la presidencia de la República, Lopez Obrador, era la de no crear ni aumentar impuestos durante la primera mitad de su gobierno, esta promesa venía complementada con otras, como lo eran: la construcción de al menos una refinería, aumentar la pensión a adultos mayores de 68 años, otorgamiento de becas y capacitación laboral a jóvenes sin oportunidades de estudio o trabajo, becas a estudiantes de nivel medio superior del país, pensión a personas con discapacidad, atención médica universal y cobertura gratuita de internet en diversos puntos del país; todas ellas, propuestas que requieren una importante partida dentro del presupuesto de egresos.


https://blog.fmecontadores.com/amlo-y-el-sat/

domingo, 18 de febrero de 2018

Los EFOS le inquietan, SAT

Como lo mencionamos en el artículo “ SCNJ….” del pasado 7 de febrero fue improcedente el amparo que presentó el Grupo Impulsor del Sur, encargado de la nómina de Oceanografía, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, argumentando que los listados en donde se le incluía como una Empresa Facturadora de Operaciones Simuladas (EFOS) y determinados en el Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF)  no respetaba su derecho de seguridad jurídica.

sábado, 23 de julio de 2016

AUTOS HÍBRIDOS Y ELÉCTRICOS EN MÉXICO, se incrementa su venta

A raíz de la contingencia ambiental que afectó al área metropolitana de la CDMX, ahora llamada ‘Megalópolis’ los habitantes de la ciudad se vieron en la necesidad de dejar sus automotores en casa, sin importar el tipo de holograma, ’00, 0”, daba igual, por fuerza debía descansar una vez por semana y en fase de contingencia descansar adicionalmente el día que se determinara. Esta situación ha hecho que la venta de autos con tecnologías alternativas y sustentables aumente sensiblemente.

Así la Asociación Mexicana de la Industria Automotríz reportó incremento en ventas de unidades híbridas y eléctricas en menor escala. La fase de contingencia temporal finalizó al iniciar julio, mientras nos adaptamos a la nueva política de verificación vehicular basada en tecnología OBD. 

Si es su interés adquirir un vehículo nuevo y se ha decidido por la tecnología que menos contamine y garantice su movilidad le presentamos una muestra de la oferta vehicular del segmento híbrido y eléctrico disponible en el país:


TOYOTA PRIUS

El campeón en ventas y con una línea mejorada. Alcanzó la premiación como el vehículo de mejor aprovechamiento de combustible del planeta. Este vehículo de sistema híbrido, se vende en dos versiones:


PRIUS BASE por $339,700
PRIUS PREMIUM por $399,700


FORD FUSION

La armadora estadounidense no quiere quedar atrás y ofrece en el modelo 2017 dos opciones híbridas, ambas con motor 2.0 L y un sistema híbrido. Las versiones comercializadas en el país son:


FUSION SE HÍBRIDO por $519,800
FUSION SE LUZ HÍBRIDO por $ 556, 200


CHEVROLET VOLT

Chevrolet lanza el Volt 2017, anunciado como la ‘siguiente generación’, es el auto eléctrico de rango extendido, brinda 80 kms en rango eléctrico y otorga hasta 676 km de autonomía con una carga y un solo tanque de gasolina. Se ofrece en una sola versión:



CHEVROLET VOLT Premier por $669, 900


VOKSWAGEN TOUREG

La armadora alemana, compite en el mercado nacional con su Touareg 2017 en sistema Híbrido, su precio es alto entre otros competidores, sin embargo su línea elegante e interiores refinados es muy buscada por los usuarios fieles seguidores a la armadora con sede en Wolfsburg 



VOLKSWAGEN TOUREG Hybrid por $1,027,000


KIA





La armadora coreana, está imparable, pues a pesar de cumplir apenas su primer año en el mercado mexicano, ya ofrece un modelo híbrido y se prepara al lanzamiento de más. Ya ofrece información del Niro 2017 que comenzará a venderse en septiembre, este se trata de un crossover híbrido con motor de inyección directa de 1.6 litros, 1.5 caballos de fuerza y motor eléctrico de 32 KW, más pequeña que un Sportage, y su precio aún no se anuncia oficialmente. Igualmente ya se habla del lanzamiento del Optima Hybrid, el auto sedán de lujo que en el extranjero se ofrece en dos versiones el Optima Hybrid y el Optima Plug-in Hybrid. Próximamente la armadora con planta en Nuevo León, anunciará los precios oficiales y las fechas de entrega de estos modelos.


HONDA

Honda fue una de las primeras armadoras en lanzar su modelo híbrido, el Civic Hybrid que se comercializa en méxico desde 2016. Ofrece una configuración híbrida con un motor 1.5 litros a 110 caballos de fuerza. También Honda ofrece la CR-Z con un sistema híbrido y 130 caballos de fuerza.  Ambos vehículos son la oferta de la firma japonesa para el mercado mexicano en el sector economía de combustible y sustentabilidad, de la siguiente forma:


CIVIC Hybrid por $361,900 
HONDA CR-Z Hybrid por $344,900


NISSAN
Ofrece al mercado mexicano un automóvil eléctrico y compacto, el LEAF. Al ser totalmente eléctrico requiere recargarse de un tomacorriente, y este constituye su talón de Aquiles, pues es un auto eminentemente citadino, su autonomía con la carga completa es de 140 Km insuficiente para la carretera. Además aun cuando puede cargarse en un tomacorriente doméstico el tiempo de carga será mucho mayor al que le toma cargarse en alguno de los pocos puntos de carga especializados. Su precio es otro inconveniente, en México se ofrece por:

NISSAN LEAF : $545,500



RENAULT

La firma francesa ofrece su peculiar automóvil Twitzy en dos versiones para pasajeros (2) y para carga. Su peculiar estilo es algo gracioso y no del agrado de muchos. Es un vehículo netamente urbano, totalmente eléctrico con un sistema de carga de sólo 3.5 horas y una batería con autonomía para 100 km en ciclo urbano. Su potencia es de 20 caballos de fuerza y su velocidad máxima de 80 km / hr.


RENAULT TWITZY Techno (pasajeros 2) desde $290,000

RENAULT TWITZY Cargo (con cajuela capacidad para 180 litros y 75 kg de carga) desde $295,000

BMW

La firma Bávara trae a México autos híbridos de nivel premium, el automóvil insignia el el i8 que mezcla un motor de 230 caballos de fuerza con un motor eléctrico de 131 caballos, para hacer un total de 361 Caballos de fuerza con una aceleración de 0 a 100 km/hr en 4.4 segundos.

El active Hybrid 330 e continúa con un motor de 3.0 litros turbo y motor eléctrico de 55 caballos para un total de 340 caballos de fuerza y aceleración 0 a 100 Km/hr de 5.3 segundos.
Por su parte el totalmente eléctrico i3 ofrece aceleración de 0 a 100 km /hr en 7.2 segundos con autonomías variables de hasta 130 kilómetros y 200 kilómetros según el modelo.





El BMW i8 2016 a partir de $2,506,900
El BMW i3 2016 totalmente eléctrico por  desde los $699,900 y hasta $887,900
El BMW Active Hybrid 330e desde $724,900


Porsche por su parte ofrece en el país sus insignia, la Porsche Cayenne S E-Hybrid que alcanza un precio de $91,450 dólares y su Panamera S E-Hybrid que es un sedan que con 416 caballos de fuerza alcanza 0 a 100 km/h en 5.5 segundos. alcanzando un precio de $130,500 dólares.



También tenemos el Q50 Hybrid de la firma Infinity, así que la oportunidad para lanzar vehículos automotores con tecnologías verdes y sustentantes apenas comienza en México, pues pronto se unirán otras armadoras como Mercedes Benz y Tesla Motors. Así que la oferta de automóviles con tecnologías eficientes en materia de combustibles se verá ampliada en el corto plazo.

¿está por cambiar automóvil?, considere las opciones anteriores, ya que si bien el precio es más alto que los motores a gasolina o diesel, el ahorro en combustible, tenencia, verificaciones, tiempo de verificaciones y movilidad a diario sin importar contingencias de contaminación, compensará el sobreprecio.

FME CONTADORES, información siempre útil.

contacto@fmecontadores.com



MSA/l&ds/*.*






domingo, 17 de enero de 2016

PRODECON, apoyará contra auditorías electrónicas este 2016

La Procuraduría de la Defesa del Contribuyente (PRODECON), es un organismo público descentralizado que proporciona asesoría, consulta, defensoría y representación gratuita contra actos de autoridades fiscales federales cuando se vulneran los derechos de los contribuyentes.

PRODECON al mismo tiempo propone cero tolerancia a evasores de impuestos pues en México 6 de cada 10 sujetos obligados no pagan impuestos y existe un 40% de la población económicamente activa que vive en la informalidad.

Aún así PRODECON anunció este 2016 que iniciará también la ayuda gratuita a contribuyentes que enfrenten la modalidad de las auditorías electrónicas que se vienen incorporando a las 25mil auditorías tradicionales domiciliares o de gabinete que actualmente realiza el SAT.

Actualmente el SAT y PRODECON  trabajan en el diseño de software que le permita al contribuyente, mediante el uso de su buzón tributario, acudir al acuerdo conclusivo cuando reciba la revisión electrónica, lo que le permitirá el acceso expedito a la obtención del apoyo de la Procuraduría.

PRODECON ha logrado resolver hasta un 80% de casos en favor del contribuyente, siempre y cuando este le proporcione debidamente todos las bases documentales existentes, debidamente registradas y veraces que le permitan a la Procuraduría la adecuada defensa del caso. 


FME CONTADORES PÚBLICOS, ofrece servicios fiscales integrales.



MSA/l&d/*.*

viernes, 20 de junio de 2014

IMPUESTOS.- La base Constitucional


¿A quién le gusta pagar impuestos?, la respuesta es muy obvia....’A nadie’. Sin embargo los impuestos son la parte más importante de los ingresos del Gobierno, que le permiten cubrir sus gastos propios más los gastos necesarios para que cumpla sus propios fines. Sin el pago de impuestos, los Gobiernos, morirían de inanición y los afectados seriamos todos los que somos sus Gobernados.

El SAT, ha entablado una dura lucha contra la evasión fiscal y la informalidad, sin embargo no ha robustecido las acciones encaminadas al combate a la corrupción dentro de la administración pública, no ha incrementado las sanciones a los delincuentes de cuello blanco que hacen mal uso de los recursos públicos. Es así que el contribuyente tiene mayores incentivos para ‘evadir’ la obligación de pago de sus contribuciones, toda vez que la percepción que tiene sobre los principios de transparencia y legalidad con que se maneja el erario público es francamente inexistente. 

¡Para qué pago!, ¡Luego se lo roban!, ¡Los pobres más pobres, y los políticos más ricos!; son entre otras, las frases que de continuo se escuchan entre los mexicanos.

Si existe negativa a cumplir con las obligaciones fiscales, cuanto más si los funcionarios hace mal uso de los recursos de los mexicanos.

Ahora si, la base constitucional para el pago de impuestos viene enunciada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Artículo 31 fracción IV establece como una obligación de los mexicanos contribuir para los gastos públicos, así como de la Federación, del Distrito Federal, de los Estados y Municipios en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

Por su parte La Ley de Ingresos de la Federación tiene su apoyo legal en el Artículo 73, fracción VII de la Constitución, conforme al cual el H. Congreso de la Unión tiene facultades para la imposición de las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto.

El Artículo 74, fracción IV de la misma ley, dispone la facultad de la Cámara de Diputados  para revisar el proyecto de ingresos y establecer como encargado de remitir los proyectos de ingresos y egresos al Ejecutivo Federal.

Los impuestos constituyen el principal ingreso del Gobierno, como contribuyentes debemos crear conciencia de nuestras obligaciones, y a su vez el Legislador deberá analizar la posibilidad de crear sanciones más fuertes y de obligar a restituir los fondos públicos mal empleados.

FME CONTADORES PÚBLICOS, ofrece servicios periciales en materia contable para efectos de la defensa en casos de defraudación fiscal y otros procedimientos contenciosos.


martes, 25 de junio de 2013

El Dictamen de Seguro Social por contador público autorizado.


La fracción VIII del artículo 2 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización ( RACERFI ) define al Dictamen como el “ documento elaborado por contador público autorizado que consigna la opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones del patrón ante el Instituto “.
Beneficios de la Dictaminación

El artículo 16 de la Ley del Seguro Social precisa que los patrones que presenten dictamen, no serán sujetos de vista domiciliaria por los ejercicios dictaminados a excepción de que :
  1. El dictamen se haya presentado con abstención de opinión, con opinión negativa o con salvedades sobre aspectos que, a juicio del contador público, recaigan sobre elementos esenciales del dictamen, o
  2. Derivado de la revisión interna del dictamen, se determinaren diferencias a cargo del patrón y éstas no fueran aclaradas y, en su caso, pagadas.

El referido artículo 16 dispone que los patrones que cuenten con un promedio anual de trescientos o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior, están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social por contador público autorizado. Los patrones que no se encuentren en este supuesto pueden optar por dictaminar sus aportaciones al IMSS, por contador público autorizado.
El artículo 152 del referido Reglamento establece que el promedio de trabajadores referido se obtendrá dividiendo entre doce, el total de trabajadores que resulte de sumar los que, en cada mes del ejercicio fiscal inmediato anterior, prestaron servicios al patrón tomando en cuenta todos los registros patronales que le haya asignado el Instituto. Ejemplo :

Con un solo registro patronal


Con un solo registro patronal









Mes
No. De Trabajadores

Mes
No. De Trabajadores





1
2
Total
Enero
312


Enero
302
121
423
Febrero
306


Febrero
306
122
428
Marzo
306


Marzo
306
122
428
Abril
315


Abril
307
122
429
Mayo
315


Mayo
305
123
428
Junio
316


Junio
300
120
420
Julio
307


Julio
299
120
419
Agosto
301


Agosto
296
120
416
Septiembre
299


Septiembre
301
120
421
Octubre
305


Octubre
301
114
415
Noviembre
298


Noviembre
303
114
417
Diciembre
302


Diciembre
302
114
416
Total
3,682


Total
3,628
1,432
5,060
Entre
12


Entre


12
Igual a : Promedio
307


Igual a : Promedio


422


En ambos casos se estaría obligado a dictaminar las cuotas al IMSS en el ejercicio a aquel al que corresponden los datos tomados para determinar el promedio de trabajadores.
Del Aviso para Dictaminar
El artículo 156 del RACERFI señala que para la formulación del dictamen, el patrón presentará al IMSS, dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal inmediato anterior, el aviso correspondiente en los formatos autorizados por el instituto.
Requisitos para Dictaminar
El artículo 153 del RACERFI dispone que se entenderá por contador público autorizado para dictaminar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley del Seguro Social, la persona física que habiendo obtenido el título de contador público o grado académico equivalente en el área de contaduría pública, expedido por autoridad competente, se inscriba y mantenga vigente dicha inscripción, en el registro de contadores público que lleva el Instituto Mexicano del Seguro Social ( IMSS ).

El artículo 154 del RACERFI establece que el contador público inscrito en el registro antes señalados deberá :
  1. Informar al Instituto cualquier cambio en los datos que proporcionó en su solicitud de registro, en un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la fecha que ocurra;
  2. Comprobar, dentro de los tres primeros meses de cada año, que es socio activo de un colegio de profesionales de la contaduría pública, reconocido por la autoridad competente ;
  3. Acreditar una evaluación ante el colegio o asociación de la profesión contable al que pertenece, cuyo contenido y periodicidad será fijado por el propio instituto, tomando en consideración los criterios que al efecto emita una comisión integrada por el instituto y colegio profesionales de contadores públicos que demuestren que incluyen en su membresía al menos el diez por ciento del total de los profesionales colegiados en México, y
  4. Dar aviso por escrito, a los patrones en proceso de dictamen bajo su responsabilidad, en un plazo que no exceda de cinco días hábiles contados a partir de la notificación, de la suspensión o cancelación de su registro ante el IMSS.

¿ Qué pasa si un Patrón o Empleador no se dictamina estando obligado a ello ?

La fracción XIX del artículo 304 de la Ley del Seguro Social señala que se considera infracción de la Ley del Seguro Social y a sus reglamentos el omitir o presentar extemporáneamente el dictamen por contador público autorizado cuando se haya ejercido dicha opción en términos del artículo 16 de la Ley del Seguro Social  ya comentado. La fracción XX del mismo numeral dispone que también se considera infracción el no cumplir o hacerlo extemporáneamente con la obligación de dictaminar por contador público autorizado las aportaciones ante el IMSS. La fracción I del artículo 304-B de la Ley del Seguro Social señala una multa de 20 a 75 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

FME CONTADORES PÚBLICOS, S.C. información siempre oportuna