En conferencia de prensa del 14 de diciembre, el ejecutivo federal anunció la desaparición del programa Seguro Popular, para ser sustituido por un sistema de salud pública que garantice atención médica de calidad y medicamentos gratuitos. Los detalles los ofrecerá en la presentación del programa en Mérida, Yucatán.
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viernes, 14 de diciembre de 2018
sábado, 13 de enero de 2018
IMSS, criterios para el otorgamiento de incapacidades por partos prematuros.
El IMSS en su comunicado 384 del año 2017, establece criterios en materia de seguridad social por concepto de incapacidad por maternidad otorgando invariablemente 84 días de descanso por concepto de maternidad y para el pago completo del subsidio y goce del descanso a madres aseguradas que tengan un parto adelantado.
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sábado, 16 de julio de 2016
IMSS APP, una aplicación digital que debes descargar
La aplicación digital del seguro social te permitirá obtener o consultar el número de seguridad social NSS, darse de alta o cambiar de clínica, consultar la vigencia de derechos, igualmente te permitirá ubicar las direcciones de clínicas y administraciones del seguro social. Sólo hay que descargar directamente la aplicación desde Mac APP Store, Google Play y Windows Phone.
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domingo, 10 de julio de 2016
INCAPACIDAD POR MATERNIDAD, IMSS*
Podrás transferir de 1 a 4 semanas de tu periodo previo al parto al posterior. Sólo necesitas llenar la solicitud de transferencia de semanas (en dos originales), contar con el consentimiento de tu patrón y con la autorización de tu médico familiar.
Si decides atenderte de forma externa, preséntate en la semana 34 de gestación con tus solicitudes de transferencia de semanas y los documentos enlistados en el punto 1.
Si cumples con los requisitos, tu médico familiar te indicará cuándo debes regresar para que se te expida tu certificado único de incapacidad.
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*fuente IMSS
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viernes, 1 de julio de 2016
LEY DEL SEGURO SOCIAL DISCRIMINATORIA, servicio de guardería
Con fecha 30 de junio 2016 la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determina que es discriminatoria la Ley del IMSS para el género masculino, y es que la Segunda Sala del Máximo Tribunal considera que el derecho a los servicios de guardería no debe ser exclusivamente para mujeres y hombres que ejerzan la custodia de los hijos.
En fecha 2015 un padre de familia quien se encuentra asegurado, y su esposa no, decidió ingresar al menor a una guardería del IMSS, el servicio le fue negado, argumentando que el Reglamento para la prestación de los servicios de guardería en sus artículos 1, 2 y 3 claramente determinan que: el servicio se otorga a la mujer trabajadora asegurada del régimen obligatorio, al trabajador viudo o divorciado, a quien judicialmente se le hubiera confiado la custodia de sus hijos, mientras no contraigan matrimonio o entre en concubinato.
Ante la negativa, el padre de familia procedió a establecer demanda en un juzgado del Estado de México, que en segunda instancia el Juzgado 1o de Distrito en el Estado de México con Residencia en Naucalpan, dio la razón al Seguro Social, conforme a la Ley del IMSS, la Ley Federal del Trabajo y el Reglamento de los servicios de guardería.
El asunto fue llevado a la Suprema Corte, y se le otorgó el Amparo contra los actos del Congreso de la Unión y otras autoridades, consistentes en la Ley del Seguro Social en sus artículo 201 y 205 y la Ley Federal del Trabajo en sus artículos 171, así como al mencionado Reglamento del Servicio de Guardería.
Pues se considera a la aplicación de estas leyes, como discriminatorias de los hombres, al contrariar el Artículo 4 de la Constitución.
La legislación del Seguro Social al igual que la Constitución debe otorgar los mismos derechos a mujer o varón y proteger la organización y el desarrollo de la familia, y en la Ley del Seguro Social daba ese exclusivo rol a la mujer.
Señala que conforme a la Ley el beneficio de guarderías debe otorgarse a ambos géneros, no debiendo ser exclusivo para las mujeres. Inicialmente el amparo fue sobreseído.
Si quiere conocer la Resolución de la Suprema Corte de Justicia, sobre este asunto, le dejamos los datos:
29 de Junio de 2016
SEGUNDA SALA
MARGARITA ORTIZ LUNA RAMOS, Ministro ponente
AMPARO EN REVISIÓN
NÚMERO DE EXPEDIENTE
3. A.R. 59/2016.
JDO. 1o DE DTO. EN EL EDO. DE MÉX., CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUÁREZ.
J.A. 262/2015-L.
19
SECRETARIA:
LIC. GUADALUPE MARGARITA ORTIZ BLANCO.
AUTORIDAD RESPONSABLE Y ACTO RECLAMADO
CONTRA ACTOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN Y OTRAS AUTORIDADES, CONSISTENTES EN LA LEY DEL SEGURO SOCIAL ARTÍCULOS 201 Y 205, Y LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, ARTÍCULO 171 Y OTROS.
RESOLUCIÓN
QUEDA FIRME EL SOBRESEIMIENTO DECRETADO.
SE REVOCA LA SENTENCIA RECURRIDA.
LA JUSTICIA DE LA UNIÓN AMPARA Y PROTEGE A LOS QUEJOSOS.
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jueves, 16 de junio de 2016
CAPITAL HUMANO, ¿cómo motivar a los colaboradores?
La motivación del capital humano, es de los retos más difíciles a emprender, hay empresas que motivan regalando baratijas, o placas conmemorativas, o colocando la fotografía o nombre del empleado en un ‘muro de honor’ o hasta ofreciendo 'café y galletas'. ¿es eso de verdad una forma efectiva de motivar al capital humano?, Parece ser que no.
Los elementos que pueden ayudar a motivar a las personas, son mucho más complejos de lo que se piensa, y están en razón del beneficio personal. La clave se encuentra en la respuesta a la pregunta ¿y que gana el colaborador haciendo bien su trabajo o aumentando su productividad?
Hay personas que tienen diversos grados de motivación, y también tipos de motivación, pues hay quienes desean la necesidad de recibir reconocimiento y tener éxito, otros se sienten satisfechos con más poder, hay quienes se satisfacen con la sensación de pertenencia y otros de autonomía, hay quienes buscan sentir seguridad y protección, y no les importa otra cosa. Por lo que de primera instancia es necesario conocer cuáles son las necesidades a satisfacer para hacerle sentir satisfecho y motivado. No a todos los colaboradores se les puede tratar o motivar de la misma forma.
Sin embargo, es el mecanismo que modifica el comportamiento del individuo mediante la manipulación por recompensas y castigos, uno de los más empleados. Este es el método conocido como el REFORZAMIENTO POSITIVO
Esto es que las conductas positivas obtienen recompensas que buscan repetirse, en tanto que conductas negativas obtiene consecuencias negativas que buscan evitarse.
La motivación a las personas requiere de la comprensión de varios procesos, por lo que iremos explicándolos en forma breve en un artículo cada vez, para facilitar su comprensión y no aburrir al lector.
Uno de los principales retos, es tratar de saber que es lo que más le interesa a cada colaborador por lo que se podrá hacer uso de un cuestionario general que ayude a determinarlo. El cuestionario lo presentaremos en la siguiente entrega.
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sábado, 27 de febrero de 2016
PRIMA DE RIESGO PARA EL IMSS, el lunes es el último día
No está de más que le recordemos que el 29 de febrero 2016, vence el plazo para la presentación de la determinación de la PRIMA DE RIESGO PARA EFECTOS DEL IMSS.
le dejamos nuestra liga para más detalle: PRIMA DE RIESGO
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martes, 2 de febrero de 2016
PENSIONES IMSS, ¿sabe qué régimen es el que le corresponde?
Con la reforma al sistema de pensiones y ahorro para el retiro de 1997 dos tipos de regímenes por los que el IMSS pensiona a los trabajadores prevalece en el país.
RÉGIMEN DE 1973
RÉGIMEN DE 1997
Así quienes se pensionaron antes del 1 de julio de 1997 lo hicieron por el régimen de 1973, quienes han cotizado para ambos regímenes se le considera un ‘empleado en transición’ por lo que al momento del retiro se le dará a escoger entre los dos regímenes, el que más le convenga.
¿sabe en que consisten los regímenes de 1973 y 1997?
PENSIÓN POR RÉGIMEN DE 1973
Requiere mínimo 500 semanas de cotización y se debe tener además los siguientes requerimientos de edad:
60 años
Pensión por Cesantía en edad avanzada que le corresponde 75% del salario base de cotización promedio de los últimos 5 años laborados.
61 años
Pensión por Cesantía en edad avanzada que le corresponde 80% del salario base de cotización promedio de los últimos 5 años laborados.
62 años
Pensión por Cesantía en edad avanzada que le corresponde 85% del salario base de cotización promedio de los últimos 5 años laborados.
63 años
Pensión por Cesantía en edad avanzada que le corresponde 90% del salario base de cotización promedio de los últimos 5 años laborados.
64 años
Pensión por Cesantía en edad avanzada que le corresponde 95% del salario base de cotización promedio de los últimos 5 años laborados.
65 años
Pensión por Vejez que le corresponde 100% del salario base de cotización promedio de los últimos 5 años laborados.
*Recuerde que el salario base de cotización, es el salario con el que fue dado de alta en el IMSS.
PENSIÓN POR RÉGIMEN DE 1997
Requiere mínimo 1250 semanas de cotización
Tener 60 a 64 años para ser acreedor a una pensión por cesantía en edad avanzada
Tener al menos 65 años para hacerse acreedor a una pensión por vejez
En este caso los recursos que obtenga de pensión serán por el monto acumulado en su cuenta de AFORE, proveniente de las aportaciones efectuadas durante sus años como trabajador, más las aportaciones voluntarias que haya decidido contratar.
Al momento de pensionarse el IMSS decidirá el tipo de pensión que le aplica al trabajador en retiro, puede ser de tres tipos: Renta vitalicia, retiro programado o Pensión Mínima Garantizada (PMG)
RENTA VITALICIA
Se contrata un seguro de pensión con una aseguradora privada y esta pagará un monto mensual al pensionado por toda su vida.
RETIRO PROGRAMADO
Se contrata directamente con una AFORE, y se podrá obtener una renta vitalicia mayor a la del programa anterior, siempre y cuando, tenga fondos suficientes en la cuenta individual de ahorro para el retiro (AFORE), que le permita al menos que la pensión sea igual o mayor a la PMG
PENSIÓN PMG
Es la pensión mínima asegurada por el Gobierno Federal, a la que se tiene derecho si los recursos de la AFORE no son suficientes para contratar alguna de las dos opciones antes mencionada, y le corresponde un salario mínimo vigente al mes.
En todos estos casos el monto de la pensión se irá actualizando anualmente de acuerdo al índice nacional de precios al consumidor.
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lunes, 1 de febrero de 2016
FEBRERO MES DE LA PRIMA.- determine la prima de riesgo para efectos del IMSS
Considera que Si tuviste trabajadores a tu cargo y no cambiaste de actividad económica del 1º de enero al 31 de diciembre de 2015.
- Si debes presentarla, cuando al calcular tu Prima, ésta resulte diferente a la del año anterior.
- No estás obligado, en caso de encontrarte en la prima mínima (0.50000 ) y que tus trabajadores NO hayan sufrido accidentes o enfermedades de trabajo durante el período del 1o. de enero al 31 de diciembre 2015.
COMO PRESENTARLA
EN LA VENTANILLA DE LA SUBDELEGACIÓN DEL IMSS QUE EL CORRESPONDA
Obtén el manual.- Aquí encontrarás la liga para el MANUAL DE USUARIO PARA ELABORAR LA DETERMINACIÓN ANUAL DE LA PRIMA EN EL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO EN LÍNEA
Obtén el manual.- Aquí encontrarás la liga para el MANUAL DE USUARIO PARA ELABORAR LA DETERMINACIÓN ANUAL DE LA PRIMA EN EL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO EN LÍNEA
Si tuviste siniestralidad laboral (accidentes y enfermedades) descarga la plantilla de Excel y captura los riesgos que tuvieron tus trabajadores, y no alteres el formato de excel ya definido, dando click en la liga podrás obtener al hoja de relación de casos DESCARGAR LA HORA DE RELACIÓN DE CASOS.
Genera ( la declaración ) mediante el Sistema Único DE Autodeterminación ( SUA versión 3.4.6 ) y envíala por internet a través de IDSE ( IMSS desde su empresa ) utilizando tu firma digital NPIE ( Número Patronal de Identificación Electrónica ) o bien utilizando tu FIEL
Información siempre útil en FME CONTADORES
domingo, 24 de enero de 2016
AYUNOS PROLONGADOS, las consecuencias
A todos aquellos, que por motivos de trabajo o estudio solemos saltarnos alimentos, las consecuencias son diversas, algunas notorias en el momento y otras a largo plazo.
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domingo, 17 de enero de 2016
IMSS, ahora se interesa más que nunca por promover la salud
Ante el avance de enfermedades metabólicas, promoción contra la obesidad y la prevención de enfermedades, difundiremos material de salud, proporcionado por el Seguro Social. México destaca como el primer lugar mundial de obesidad infantil.
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miércoles, 13 de enero de 2016
NO SE CREAN SUFICIENTES PUESTOS DE TRABAJO. Anunció el IMSS
En su reporte 004/2016 el IMSS asegura que durante 2015 se registró un crecimiento de 644,446 altas ante este instituto, lo cual no ha sido lo que planteaba la Reforma Laboral, aún así el Seguro Social ‘trata’ de ser optimista al asegurar que a pesar de estas cifras, el promedio de los últimos 10 años equivale a un crecimiento anual en el número de afiliados de 3.7% donde el 93% de estas altas laborales son permanentes, lo cual determina el mayor crecimiento desde 1998.
Hacia el cierre de 2015 igualmente se observó una caída de 303,714 empleos, lo cual lo atribuye a efectos estacionales.
Igualmente destaca que los estados que presentaron el mayor incremento anual son Baja California Sur y Quintana Roo, mientras que los sectores que ofrecieron más empleo son : agrupecuario, comunicaciones y transportes e industria de la transformación en ese orden.
Todo esto, según el reporte emitido en enero por el propio instituto, que puede consultarse en la siguiente liga “Reporte 04/2016 IMSS”
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lunes, 28 de diciembre de 2015
HOMOLOGACIÓN DE COSTOS Y FACTORES SATIC, IMSS y las constructoras
El pasado 2 de diciembre de 2015, se publicó en el DOF el acuerdo SA3.HCT.281015/245.P.DIR dictado por el Consejo Técnico del IMSS en donde se determina la obligatoriedad de homologar los costos y factores al Area Geográfica A, de la misma forma que se han homologado el salario mínimo general en 70.10 desde el pasado 30 de septiembre de 2015. La homologación de costos y factores es obligatoria desde el 1 de octubre, sin embargo es hasta inicios de diciembre 2015 que se instruye a la Dirección de Incorporación y Recaudación para que, por conducto de la Unidad de Fiscalización y Cobranza del IMSS resuelva las dudas dudas y aclaraciones a las constructoras y usuarios del SATIC.
Para conocer datos del acuerdo, leer: Acuerdo de homologación de costos y factores SATIC
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lunes, 5 de octubre de 2015
DESEMPLEO Y ATENCIÓN IMSS, derechos del trabajador
Recurrentemente se nos pregunta, ¿si el trabajador se queda desempleado, puede seguir recibiendo atención en el IMSS?
Como en muchas ocasiones nos preguntamos sobre los derechos que tenemos, cuando mas indefensos nos encontramos, y esto sobre todo se da con la perdida de nuestro empleo, inmediatamente nuestros pensamientos siempre son con respecto al bienestar de nuestra familia, y a su protección. La Ley del Seguro Social, en su artículo 109, le otorga al trabajador un periodo de conservación de derechos hasta por ocho semanas, tendrá derecho a recibir exclusivamente la asistencia medica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria para él y sus beneficiarios. Siempre y cuando el trabajador haya cubierto como mínimo y de forma ininterrumpida ocho semanas de cotización.
La anterior disposición es de aplicación amplia, esto es, si el trabajador desempleado enferma o requiere de una cirugía antes de finalizar el periodo de conservación de derechos, este periodo se amplía para su intervención y posterior recuperación, con el fin de no dejarlo desamparado. Ya hay una resolución previa en el 4o. Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, que establece la continuidad de atención hasta la total recuperación del paciente, basándose en el Art. 4 Constitucional, que atiende a la protección a la salud. Ver : resoluciones importantes para el derechohabiente, de febrero 2012
Dentro del mismo articulo 109 de la Ley del IMSS, nos establece que el Presidente de la República podrá solicitar al comité técnico ampliar la conservación de derechos, cuando a su juicio las condiciones laborales y económicas del país así lo requieran.
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domingo, 17 de agosto de 2014
JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL ISSSTE, simplificación 2014
Desde abril 2014, el ISSSTE eliminó el pase presencial de vigencia de derchos a todos los jubilados y pensionados. Pues ahora el ISSSTE realiza la consulta a las bases de datos del Registro Nacional de Población (RENAPO), lo que le permite conocer inmediatamente el estatus del millón de pensionados y jubilados. Sólo en caso de error o para aclaración se realizará visita domiciliaria a casos específicos donde exista irregularidad en el pago de pensiones y/o divergencias en las bases de datos.
Esta ‘prueba de supervivencia’ aún no ha sido acogida por el IMSS, esperamos muy pronto, noticias positivas para la eliminación del trámite presencial de la ‘supervivencia’ para pensionados y jubilados del Seguro Social.
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miércoles, 18 de junio de 2014
IMSS. Trabajadores informales al Seguro Social
El director general del IMSS, José Antonio González Anaya informó en conferencia que el Seguro Social verá incrementada su base de datos de derechohabientes al coordinarse con el SAT para ingresar a los trabajadores informales que ya se dieron de alta.
El objetivo es fomentar la ‘formalidad laboral’, no sólo en el ámbito fiscal, sino también del lado de la seguridad social.
Garantízó que el IMSS tiene capacidad para atender a los nuevos afiliados con servicios de calidad, aunque no se tiene estimado en cuanto crecería la demanda de servicios de salud.
Sin embargo contrario a las palabras de González Anaya, es de la mayoría de los mexicanos conocido, la falta de equipamiento médico en los hospitales del IMSS, la carencia de medicamentos, la dificultad para lograr citas, sobretodo las de alta especialidad, los tiempos tan distantes para pruebas de laboratorio ya sean de gabinete o bien de imagenología y radiología; y todo esto en la actualidad. ¿Es al derechohabiente a quien se le quiere engañar?, Son los trabajadores que usan este servicio, quienes sufren, además de los rezagos tecnológicos y de inversión del IMSS; de la arrogancia, ineficiencia y burocratismo de un médicos y personal administrativo. Es tal el grado de ineficacia del IMSS que el paciente prefiere desembolsar gastos médicos particulares con fondos propios que asistir al IMSS, sólo la necesidad económica del paciente o sus familiares le obliga a hacer uso del sistema, ‘Cuando no hay de otra’
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miércoles, 2 de abril de 2014
RECURSOS HUMANOS EN LA PEQUEÑA EMPRESA. Un factor de importancia
A menudo se piensa en el área de Recursos Humanos, como el departamento de una gran empresa a nivel internacional, sin embargo, las tareas relativas al manejo de personal están presentes en todas las empresas por pequeñas o grandes que estas sean.
Las áreas que desempeñan la función de Recursos Humanos, durante el crecimiento de una empresa, enfrentan diferentes requerimientos y necesidades, además de múltiples tareas, cuando la empresa es pequeña o mediana, hay que poner más énfasis en todas sus tareas:
Cuando la empresa es pequeña
En sus momentos iniciales todas las funciones se centralizan en la dirección general. Alguien debe responsabilizarse por la administración de Recursos Humanos, que cubre desde el inicio hasta el final de la relación de trabajo.
a. Reclutar y seleccionar colaboradores.
b. Contrato de trabajo: expediente, condiciones de trabajo, remuneración, etcétera.
c. Proceso de capacitación y entrenamiento.
d. Evaluación del desempeño y plan de desarrollo.
e. Higiene y seguridad industrial.
f. Terminación de la relación de trabajo.
Frecuentemente estas funciones operativas de la gestión de Recursos Humanos se le asignan al Contador, por ser él quien maneja la nómina, el pago del seguro social (IMSS), etcétera.
En una organización de pequeñas dimensiones, aunque vive su primera etapa, las funciones están centralizadas. El responsable de la Dirección de Recursos Humanos suele ser el Director General.
En el proceso de transición a la siguiente etapa, la Dirección General tendrá que seleccionar técnicos y técnicas para cada función. La cantidad de actividades obligan al director a delegar algunas actividades y funciones, porque ya no puede realizar todo en forma centralizada.
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