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viernes, 7 de diciembre de 2018

sábado, 13 de enero de 2018

IMSS, criterios para el otorgamiento de incapacidades por partos prematuros.




El IMSS en su comunicado 384 del año 2017, establece criterios en materia de seguridad social  por concepto de incapacidad por maternidad otorgando invariablemente 84 días de descanso por concepto de maternidad y para el pago completo del subsidio y goce del descanso a madres aseguradas que tengan un parto adelantado. 

sábado, 16 de julio de 2016

IMSS APP, una aplicación digital que debes descargar

La aplicación digital del seguro social te permitirá obtener o consultar el número de seguridad social NSS, darse de alta o cambiar de clínica, consultar la vigencia de derechos, igualmente te permitirá ubicar las direcciones de clínicas y administraciones del seguro social. Sólo hay que descargar directamente la aplicación desde Mac APP Store, Google Play y Windows Phone.

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MSA / l&ds / *.*

viernes, 1 de julio de 2016

LEY DEL SEGURO SOCIAL DISCRIMINATORIA, servicio de guardería

Con fecha 30 de junio 2016 la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determina que es discriminatoria la Ley del IMSS para el género masculino, y es que la Segunda Sala del Máximo Tribunal considera que el derecho a los servicios de guardería no debe ser exclusivamente para mujeres y hombres que ejerzan la custodia de los hijos.

En fecha 2015 un padre de familia quien se encuentra asegurado, y su esposa no, decidió ingresar al menor a una guardería del IMSS, el servicio le fue negado, argumentando que el Reglamento para la prestación de los servicios de guardería en sus artículos 1, 2 y 3 claramente determinan que: el servicio se otorga a la mujer trabajadora asegurada del régimen obligatorio, al trabajador viudo o divorciado, a quien judicialmente se le hubiera confiado la custodia de sus hijos, mientras no contraigan matrimonio o entre en concubinato.
Ante la negativa, el padre de familia procedió a establecer demanda en un juzgado del Estado de México, que en segunda instancia el Juzgado 1o de Distrito en el Estado de México con Residencia en Naucalpan, dio la razón al Seguro Social, conforme a la Ley del IMSS, la Ley Federal del Trabajo y el Reglamento de los servicios de guardería.

El asunto fue llevado a la Suprema Corte, y se le otorgó el Amparo contra los actos del Congreso de la Unión y otras autoridades, consistentes en la Ley del Seguro Social en sus artículo 201 y 205 y la Ley Federal del Trabajo en sus artículos 171, así como al mencionado Reglamento del Servicio de Guardería.

Pues se considera a la aplicación de estas leyes, como discriminatorias de los hombres, al contrariar el Artículo 4 de la Constitución. 
La legislación del Seguro Social al igual que la Constitución debe otorgar los mismos derechos a mujer o varón y proteger  la organización y el desarrollo de la familia, y en la Ley del Seguro Social daba ese exclusivo rol a la mujer.

Señala que conforme a la Ley el beneficio de guarderías debe otorgarse a ambos géneros, no debiendo ser exclusivo para las mujeres. Inicialmente el amparo fue sobreseído.

Si quiere conocer la Resolución de la Suprema Corte de Justicia, sobre este asunto, le dejamos los datos:

29 de Junio de 2016
SEGUNDA SALA
MARGARITA ORTIZ LUNA RAMOS, Ministro ponente
AMPARO EN REVISIÓN
NÚMERO DE EXPEDIENTE
 3. A.R. 59/2016.
JDO. 1o DE DTO. EN EL EDO. DE MÉX., CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUÁREZ.
J.A. 262/2015-L.
19
SECRETARIA:
LIC. GUADALUPE MARGARITA ORTIZ BLANCO.

AUTORIDAD RESPONSABLE Y ACTO RECLAMADO
CONTRA ACTOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN Y OTRAS AUTORIDADES, CONSISTENTES EN LA LEY DEL SEGURO SOCIAL ARTÍCULOS 201 Y 205, Y LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, ARTÍCULO 171 Y OTROS.


RESOLUCIÓN

QUEDA FIRME EL SOBRESEIMIENTO DECRETADO.
SE REVOCA LA SENTENCIA RECURRIDA.
LA JUSTICIA DE LA UNIÓN AMPARA Y PROTEGE A LOS QUEJOSOS.

FME CONTADORES, ofrece consultoría en Recursos Humanos y publicación de vacantes laborales en línea.



MSA/l&ds/*.*

jueves, 16 de junio de 2016

CAPITAL HUMANO, ¿cómo motivar a los colaboradores?


La motivación del capital humano, es de los retos más difíciles a emprender, hay empresas que motivan regalando baratijas, o placas conmemorativas, o colocando la fotografía o nombre del empleado en un ‘muro de honor’ o hasta ofreciendo 'café y galletas'.  ¿es eso de verdad una forma efectiva de motivar al capital humano?, Parece ser que no.

Los elementos que pueden ayudar a motivar a las personas, son mucho más complejos de lo que se piensa, y están en razón del beneficio personal. La clave se encuentra en la respuesta a la pregunta ¿y que gana el colaborador haciendo bien su trabajo o aumentando su productividad?

Hay personas que tienen diversos grados de motivación, y también tipos de motivación, pues hay quienes desean la necesidad de recibir reconocimiento y tener éxito, otros se sienten satisfechos con más poder, hay quienes se satisfacen con la sensación de pertenencia y otros de autonomía, hay quienes buscan sentir seguridad y protección, y no les importa otra cosa. Por lo que de primera instancia es necesario conocer cuáles son las necesidades a satisfacer para hacerle sentir satisfecho y motivado. No a todos los colaboradores se les puede tratar o motivar de la misma forma.

Sin embargo, es el mecanismo que modifica el comportamiento del individuo mediante la manipulación por recompensas y castigos, uno de los más empleados. Este es el método conocido como el REFORZAMIENTO POSITIVO

Esto es que las conductas positivas obtienen recompensas que buscan repetirse, en tanto que conductas negativas obtiene consecuencias negativas que buscan evitarse.

La motivación a las personas requiere de la comprensión de varios procesos, por lo que iremos explicándolos en forma breve en un artículo cada vez, para facilitar su comprensión y no aburrir al lector.

Uno de los principales retos, es tratar de saber que es lo que más le interesa a cada colaborador por lo que se podrá hacer uso de un cuestionario general que ayude a determinarlo. El cuestionario lo presentaremos en la siguiente entrega.

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MSA/l&ds/*.*

sábado, 27 de febrero de 2016

PRIMA DE RIESGO PARA EL IMSS, el lunes es el último día


No está de más que le recordemos que el 29 de febrero 2016, vence el plazo para la presentación de la determinación de la PRIMA DE RIESGO PARA EFECTOS DEL IMSS.


le dejamos nuestra liga para más detalle: PRIMA DE RIESGO

FME CONTADORES, siempre con información de utilidad

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viernes, 8 de enero de 2016

¿PAGOS MENSUALES AL INFONAVIT?, modificaciones a la ley

Como regalo de reyes a los patrones, cae la noticia de modificaciones a la Ley del Infonavit, y es que aparece publicada en el DOF del 6 de enero de 2016, DECRETO para la reforma de los artículos 29 y 35 así como adiciones los artículos 29 Ter y 29 Quáter de la LEY DEL INFONAVIT, y se puede saber por la fecha del decreto firmado por el Senado, que se preparaba la sorpresa, al menos desde el 19 de noviembre de 2015.

En resumen las propuestas de este Decreto son por orden de trascendencia según nosotros:

Artículos modificados 

Art. 35 .- Propone el pago de aportaciones y descuentos por mes vencido y ya no de manera bimestral. “Art. 35,. El pago de las aportaciones y descuentos señalados en el artículo 29, será por mensualidades vencidas, a más tardar los días diecisiete del mes inmediato siguiente, a través de los formularios electrónicos o impresos que determine el instituto”

Art. 29 .- considera la atención de requerimiento de pago e información a través de diversos medios, incluyendo los electrónicos. Esto es la puesta en funcionamiento de un buzón fiscal, como el que ya emplea el SAT, y le será aplicable la normatividad dispuesta en el Código Fiscal.

Artículos Adicionados

Art. 29 Ter.- establece será a través del Reglamento de Inscripción, pago y enteros a INFONAVIT que se determinará  los requisitos para que los patrones presenten solicitudes y promociones al INFONAVIT a través del buzón del Art. 29. 

“Artículo 29 Ter. Los patrones podrán presentar solicitudes o promociones al Instituto, por escrito o a través de cualquier medio electrónico. El Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores establecerá los requisitos para efectuar las promociones por medios electrónicos. En materia de promociones y notificaciones a través de medios electrónicos, serán aplicables las disposiciones del Código Fiscal de la Federación, en lo que no se opongan a la presente Ley”

Art. 29 Quáter.- Que el INFONAVIT podrá habilitar su propia FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA para emitir certificados digitales, o bien, reconocer hacer uso de otros certificados digitales, como la FIEL del SAT.

Art. 29 Quáter.- El Instituto utilizará medios electrónicos para el cumplimiento de su objeto y podrá tener el carácter de autoridad certificadora, en términos de lo dispuesto por la Ley de Firma Electrónica Avanzada, para emitir certificados digitales a efecto de aplicar el uso de firma electrónica avanzada en las formas y procedimientos a su cargo.
Las disposiciones del Código Fiscal de la Federación en materia de medios electrónicos serán aplicables a las contribuciones administradas por el instituto como organismo fiscal autónomo, mismo que actuará como autoridad certificadora y proporcionará los servios de certificación de firmas electrónicas avanzadas en tal contexto.
El Instituto podrá reconocer el uso de los certificados digitales emitidos por otras autoridades certificadoras en el ámbito de la competencia a que se refiere esta Ley, surtiendo los mismos efectos jurídicos….”

NO SON DE APLICACIÓN INMEDIATA, pues de acuerdo a su artículo 2 transitorio a este Decreto, se determina que el INFONAVIT expedirán dentro de los 180 días de entrada en vigor del decreto las reformas y adiciones relativas. Así que por lo menos esperaremos hasta el segundo semestre del 2016. 
De cualquier forma hay que irse preparando para lo nuevo que viene en materia del INFONAVIT y estar pendiente de estas reformas y adiciones. 

Para leer documento completo ir a la liga : DECRETO INFONAVIT REFORMA Y ADICIONES 6 ENERO 2015

FME CONTADORES, ofrece servicios en materia fiscal y cumplimiento de obligaciones en seguridad social 





MSA/l&d/*.*

jueves, 3 de julio de 2014

RECURSOS HUMANOS. Las preguntas más comunes en una entrevista de trabajo (1/8)


En una entrevista de trabajo, siempre hay preguntas impredecibles y otras muy comunes. Tienen como objetivo: 

-Conseguir información directa y auténtica sobre tu trayectoria profesional y personalidad.
-Averiguar la adecuación de tu perfil a la empresa y al puesto ofertado.

En una serie de 8 sesiones presentaremos las preguntas más comunes en las entrevistas laborales. A continuación, encontrarás un listado de preguntas que suelen ser formuladas en cualquier entrevista de trabajo. Para las más comunes de entre todas, te sugerimos una posible respuesta.
Te aconsejamos que no acudas a ninguna entrevista de trabajo sin haberte preparado previamente la respuesta a estas preguntas. Prepara tus respuestas de manera coherente con tu forma de ser y actúa con naturalidad y sinceridad.
  • Preguntas sobre tu formación
¿Qué te parece la carrera que has estudiado? ¿Por qué estudiaste esa carrera? 
Realiza un balance positivo y enfoca la respuesta de manera que se resalten los conocimientos y competencias más acordes con el puesto al que optas. Apunta lo a gusto que estás con tu elección, las actividades complementarias y trabajos realizados, prácticas, etc.
¿Qué asignaturas te gustaban más/menos y en cuáles sacabas mejores/peores notas?
¿Cuál fue la experiencia más gratificante durante tu vida como estudiante?
¿Tuviste algún puesto representativo durante tu tiempo de estudiante (delegado de curso, miembro de una asociación...)?
¿Piensas ampliar tus estudios de alguna manera? o de otra forma ¿piensas seguir estudiando?
continuará....
FME CONTADORES PÚBLICOS, ofrece servicios integrales en materia de Recursos Humanos así como en seguridad social.


miércoles, 18 de junio de 2014

IMSS. Trabajadores informales al Seguro Social


El director general del IMSS, José Antonio González Anaya informó en conferencia que el Seguro Social verá incrementada su base de datos de derechohabientes al coordinarse con el SAT para ingresar a los trabajadores informales que ya se dieron de alta.

El objetivo es fomentar la ‘formalidad laboral’, no sólo en el ámbito fiscal, sino también del lado de la seguridad social.

Garantízó que el IMSS  tiene capacidad para atender a los nuevos afiliados con servicios de calidad, aunque no se tiene estimado en cuanto crecería la demanda de servicios de salud.

Sin embargo contrario a las palabras de González Anaya, es de la mayoría de los mexicanos conocido, la falta de equipamiento médico en los hospitales del IMSS, la carencia de medicamentos, la dificultad para lograr citas, sobretodo las de alta especialidad, los tiempos tan distantes para pruebas de laboratorio ya sean de gabinete o bien de imagenología y radiología; y todo esto en la actualidad. ¿Es al derechohabiente a quien se le quiere engañar?, Son los trabajadores que usan este servicio, quienes sufren, además de los rezagos tecnológicos y de inversión del IMSS; de la arrogancia, ineficiencia y burocratismo de un médicos y personal administrativo.  Es tal el grado de ineficacia del IMSS que el paciente  prefiere desembolsar gastos médicos particulares con fondos propios que asistir al IMSS, sólo la necesidad económica del paciente o sus familiares le obliga a hacer uso del sistema, ‘Cuando no hay de otra’

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martes, 11 de marzo de 2014

INFONAVIT, fraude por el caso Oceanografía


Pues es hasta este mes de marzo 2014 que el INFONAVIT denuncia probables omisiones a obligaciones patronales, tales como el pago de aportaciones a la Subcuenta de Vivienda y Amortizaciones a créditos hipotecarios que la empresa Oceanografía había dejado de pagar desde hacía 4 años.

Y esto a todas luces resulta inédito, pues sabemos de sobra quienes si cumplimos obligaciones como patrones ante el INFONAVIT, que no pasa mucho tiempo para que se requiera el pago omitido e incluso cuando la mora en el pago no se solventa el día de su vencimiento (17 de cada mes o día hábil siguiente en caso de ser viernes el 17 o bien de ser un día feriado) y después de la notificación respectiva y del término perentorio de 45 días se solicita a la Comisión Nacional Bancaria al aseguramiento e inmobilización de fondos propiedad del contribuyente y operados por alguna institución financiera en México.

El crédito fiscal a favor del INFONAVIT es de alrededor de 74 millones de pesos, los trabajadores ahora reclaman airados que, pese a la retención de pagos hipotecarios al INFONAVIT vía descuento de nómina, esta empresa no los enteró al Instituto.

No es muy difícil imaginar que este gigantesco fraude involucró a varios actores, la empresa misma, Banamex, Pemex y ahora se sabe del INFONAVIT. Mañana aparecerán otros más: IMSS, Aseguradoras, AFORES, SAT, Auditores, y quizá hasta partidos políticos y Gobiernos, eso es seguro, en fin.... ya veremos.

Los delitos patrimoniales son un mal endémico, y la comisión de tales actos no es asunto exclusivo de México o Latinoamérica, afecta por igual a Países Desarrollados, que a naciones pobres, a la iniciativa privada o al Sector Público o de Gobierno. Ahora Oceanografía se une a otras empresas internacionales fraudulentas, Enron, Parmalat

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jueves, 27 de febrero de 2014

IMSS, aclaración administrativa


Si como empresa o patrón se encuentra en el caso de tener que realizar una aclaración administrativa para el IMSS o el INFONAVIT por el caso de aportaciones a los trabajadores, hay que cumplir con los siguientes requisitos, cuando se presente ante la oficina de Administración Regional que le corresponda, y son:

Ahora presentamos el caso de de persona física:

Carta poder simple (firmas del otorgante, quien acepte el poder y 2 testigos) además de copia del IFE de los 4 personas.
Escrito libre de solicitud de aclaración
Original y 3 copias del crédito fiscal
Original y copia de la multa
Original y copia del pago (resumen y detalle de SUA original y copia)
Acta de notificación
Pago de gastos de ejecución

En caso de ser extemporáneo

En caso de Movimientos afiliatorios: Número de seguridad social incorrecto, nombre, baja, reingreso, modificación salarial de acuerdo a los artículos 33 y 37 de la Ley del Seguro Social.

Solicitar ante el departamento de Afiliación y Vigencia, la certificación de los mismos.
Proporcionar original y copia para su aclaración
Incapacidad en original y copia
Ausentismo, lista de raya y/o nómina con recibo del trabajador firmado por el mismo en original y copia.

Para el caso de persona moral, nos referiremos en ocasión posterior.

FME Contadores, información siempre útil


miércoles, 19 de febrero de 2014

Restablecimiento de contraseña del SUA



Si ha extraviado la contraseña para ingresar a su Sistema Único de Autodeterminación (SUA), ese programa elaborado por el IMSS, pues he aquí la solución:

1.- Localice en su computadora la carpeta en donde se encuentra ubicado el SUA, puede ser en el subdirectorio ‘program files’ o en ‘archivos de programa’.

2.- Una vez localizado ubique el archivo borrarpswSUA.exe (borrar password de SUA).

3.- Dar doble clic

4.- aceptar el mensaje desplegado y confirmar la eliminación de las claves

5.- ahora te pide definir la nueva contraseña, se define y sale y vuelve a entrar a SUA

La nueva contraseña se ha restablecido.

FME CONTADORES, información siempre útil

viernes, 21 de junio de 2013

EMBARGOS DEL IMSS



Usted como empresario o administrador de una empresa quizá se haya encontrado en una situación semejante cuando se presenta un ejecutor del IMSS a exigir las aportaciones al SUA, y ante la negativa o incapacidad de efectuar el pago, le extiende un citatorio de conformidad con el artículo 137 del Código Fiscal y le requiere la presencia del  representante legal, no sin antes haber escrito la advertencia de propio puño del ejecutor, que se presentará al día siguiente a ‘embargar’ la empresa.

La leyenda que escribe el ejecutor en el citatorio puede ser:  “embargo con extracción de bienes”, “remoción de depositario” o “uso de la fuerza pública”, cualquiera que sea esta sentencia, el objetivo es amedrentar al contribuyente, pues si bien la Ley del Seguro Social establece facultades recaudatorias, el cobro y exigibilidad no puede ser discrecional y arbitrario, pues ha de sujetarse a un procedimiento.

El ejecutor es precisamente un funcionario y no una autoridad, pues no se encuentra investido con esas atribuciones. La autoridad es únicamente el titular de la administración del IMSS, delegado o subdelegado exclusivamente.

Aún así, y a pesar de que se pretenda ‘hacer entender’ al ejecutor, este insiste de manera arbitraria en elegir el tipo de acción que realizará para asegurar el cobro de las cuotas del SUA omitidas, debemos determinar que se trata de un acto arbitrario que transgrede las garantías individuales de los contribuyentes.

Impídale la entrada al establecimiento y atiéndalo en la calle o en un lugar reservado dentro de sus instalaciones, sería muy conveniente llevarlo a un sitio que tenga un sistema de grabación tipo circuito cerrado de televisión (CCCTV) y/o en su defecto pedirle a algún auxiliar de su confianza que grabe toda la diligencia en su teléfono celular o cámara. Así de esta forma, desalentará la actuación discrecional del ejecutor, quien deberá seguir el protocolo debido.

El ejecutor normalmente redacta libremente en el citatorio y escribe:

  • Embargo con extracción de bienes
  • Remoción de depositario
  • Uso de la fuerza pública


Todas estas leyendas son plasmadas por el ejecutor, de manera indebida y por demás ilegal.

  • Embargo con extracción de bienes

El embargo precautorio según el Capítulo II, sección primera, Artículo 145 del Código Fiscal de la Federación, sólo puede practicado por la autoridad ( delegado o subdelegado del IMSS) mediante acta circunstanciada. El ejecutor usa esta práctica para amedrentar al deudor, por lo que no se debe permitir de forma alguna la extracción de bienes.

  • Remoción del depositario

Hace referencia a la sustitución del dominio del deudor en favor del IMSS con el fin de garantizar el cumplimiento del crédito fiscal. Esta situación, al igual que el caso anterior no puede ser ordenado por el ejecutor, y debe exigirse a este la presentación del oficio firmado por el delegado del IMSS, de otra forma, esta situación constituye un atropello a los derechos del deudor, y debe oponerse.

  • Uso de la fuerza pública

Es el empleo del auxilio de las fuerzas de seguridad (policías), para proceder a la realización forzosa de un procedimiento administrativo, al cual se ha negado el deudor a permitir. Igualmente debe exigirse al ejecutor la presentación del oficio firmado por el delegado. Y hay que recordar que la fuerza pública tiene únicamente funciones de supervisión, nunca de intervención o actuación. En esta circunstancia, se podría exigir a la fuerza pública la presentación del servidor público ante el agente del Ministerio Público, por el atropello de sus garantías.

Por lo que todas estas prácticas ilegales, pueden ser fácilmente anuladas, además de acarrear responsabilidades administrativas y penales al servidor público.

Sin embargo, recomendamos cumplir debidamente con las obligaciones fiscales y de ser el caso, apegarse a derecho con respecto a garantizar el cumplimiento de créditos fiscales al IMSS o INFONAVIT.

FME CONTADORES PÚBLICOS, S.C. ofrece asesoría integral en relación a los créditos fiscales relativos a sus cuotas de seguridad social.



domingo, 4 de marzo de 2012

INFONAVIT, devolución de aportaciones a pensionados

Desde el 13 de enero del 2012 entró en vigor la reforma a la Ley del Infonavit (Art. 8o. transitorio), que permite que los trabajadores pensionados en términos de la Ley del Seguro Social de 1973, puedan recibir en una sola exhibición el saldo de su Subcuenta de Vivienda de 1997, además tienen la alternativa de obtener un segundo crédito y la opción del préstamo en pesos.
Si este es su caso, se recibirán los recursos acumulados en la Subcuenta de Vivienda del 4o. bimestre de 1997 en adelante, incluyendo los rendimientos generados hasta el momento de la transferencia al gobierno federal.
Se deben de llenar los requisitos establecidos en la página del Infonavit, que son:
1.- Se debe estar pensionado y contar con el dictamen de pensión en los términos de la Ley del Seguro Social de 1973
2.- Debe ser titular de la pensión, en caso de que el titular haya fallecido, los beneficiarios deben acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje para hacer el trámite respectivo.
3.- Cerciorarse de contar con saldo en la Subcuenta de Vivienda de 1997
4.- No existir un crédito Infonavit vigente
5.- En caso de homonimia (cuando se se tienen 2 números de seguro social, o bien que 2 personas tengan el mismo nombre) esta debió ser debidamente aclarada
6.- El saldo de la Subcuenta no debió haber sido transladada a la Afore, si este fué el caso se debe continuar el trámite en la Afore.
7.- Llenar la Solicitud de acuerdo al grupo que corresponda. 

Grupo
Características
1
Personas pensionadas después de la entrada en vigor de la reforma a la Ley
2
Pensionados que solicitaron la devolución a través de demanda laboral o amparo indirecto y cuentan con un laudo o una resolución a favor
3
Personas que tienen una demanda laboral o amparo indirecto en trámite y no cuentan con resolución del juez. Es requisito desistirse de su demanda laboral
4
Personas que no han solicitado la devolución de la Subcuenta de Vivienda o demandaron y tienen resolución en contra.
Para solicitar la devolución del Infonavit es determinante haberse jubilado con la Ley de 1973 y haber generado dinero en la Subcuenta del Infonavit entre el 1o. de enero de 1997 y la fecha en la que se pensionó.
Hay varias preguntas e inquietudes a este respecto, aquí reproducimos algunas:
En caso de querer ampliar, remodelar o mejorar la vivienda que había quedado inconclusa o está deteriorada; si, es posible pedir un 2o. préstamo al Infonavit.
Recién se aprobaron las reglas para la solicitud de un 2o. crédito, y se establece que para solicitar uno nuevo debe transcurrir un año de liquidado el primero.
Las reglas para la devolución de fondos de las personas pertenecientes al grupo 4 se darán a conocer hasta julio 2012.
La solicitud debe llenarse vía internet o llamado al telefono (91 71 50 50 o al 01 800 00 839 00) se valida la solicitud, en caso de ser válida y aceptada, se contacta con el pensionado para establecer una cita en las oficinas que le correspondan, se le solicita entregar documentación ( identificación oficial y estado de cuenta bancario en donde se hará el depósito a nombre del titular, se firma de conformidad de pago y finalmente se obtienen los recursos en la cuenta bancaria proporcionada.
Muchos usuarios del grupo 3, consideran que no harán el desestimiento de su demanda, porque pudiera ser el caso de incumplimiento por parte de la autoridad, sin embargo hay que aclarar que se trata de un desestimiento con reservas, pues en caso de no recibirse el pago en un periodo de 60 días, una vez cubiertos los requisitos básicos, se reactivaría la demanda.
En caso de fallecimiento el beneficiario puede solicitar la devolución de cuotas al Infonavit, en caso de que se hubiese jubilado de conformidad con la ley de 1973 y de cumplirse los demás requisitos establecidos, y además de que el beneficiario haya tramitado y obtenido el documento que emite la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje llamado “designación de beneficiario”.
En caso de personas jubiladas antes de julio de 1997 este caso no les es aplicable, ejemplo si una persona se jubiló en 1992 (hace 20 años contados desde este 2012), sólo le restaría solicitar los recursos acumulados desde que empezó a pagar Infonavit que no pueden ser anteriores a  1972 y hasta la fecha de su jubilación 1992.
Este beneficio aplica exclusivamente a pensionados, si se está activo aún y con muchos años de cotización en el Infonavit no le es aplicable.
Muchos usuarios preguntan otros beneficios en caso de ser trabajadores del estado, pero no les aplica, únicamente para el Infonavit y sus derechohabientes (No fovisste)
Otros usuarios no saben donde verificar su saldo en el Infonavit y aquí hay 2 formas: 
1.- Estado de cuenta de su Afore y 2.- Solicitar la infomación a la oficina regional del Infonavit, pues sólo se dan datos al titular.
La devolución de la Subcuenta de Vivienda 1997 es únicamente para personas pensionadas, por lo que no se puede solicitar antes.
Para llenar las solicitudes de devolución de fondos acudir a su página:  www.infonavit.gob.mx
Hay que aprovechar este beneficio para los pensionados del IMSS, asimismo le recordamos que en FME CONTADORES, ofrecemos información siempre útil.