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jueves, 13 de diciembre de 2018

AMLO y el SAT


SAT endurecerá medidas contra la evasión fiscal en el Gobierno de AMLO

Una de las promesas del entonces candidato a la presidencia de la República, Lopez Obrador, era la de no crear ni aumentar impuestos durante la primera mitad de su gobierno, esta promesa venía complementada con otras, como lo eran: la construcción de al menos una refinería, aumentar la pensión a adultos mayores de 68 años, otorgamiento de becas y capacitación laboral a jóvenes sin oportunidades de estudio o trabajo, becas a estudiantes de nivel medio superior del país, pensión a personas con discapacidad, atención médica universal y cobertura gratuita de internet en diversos puntos del país; todas ellas, propuestas que requieren una importante partida dentro del presupuesto de egresos.


https://blog.fmecontadores.com/amlo-y-el-sat/

lunes, 5 de noviembre de 2018

Cobro de impuestos sujetos "a la buena fe" en el siguiente sexenio


La bancada del partido MORENA en el senado, en esta LXVI Legislatura, promoverá la iniciativa de una Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana, el objetivo de esta Ley, será el combate a la corrupción y de esta forma renovar la confianza ciudadana hacia las instituciones públicas, y a la vez, los contribuyentes que cumplan debidamente con la Ley, recibirán beneficios y facilidades administrativas para el ejercicio más eficiente de sus actividades económicas.




domingo, 18 de febrero de 2018

Los EFOS le inquietan, SAT

Como lo mencionamos en el artículo “ SCNJ….” del pasado 7 de febrero fue improcedente el amparo que presentó el Grupo Impulsor del Sur, encargado de la nómina de Oceanografía, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, argumentando que los listados en donde se le incluía como una Empresa Facturadora de Operaciones Simuladas (EFOS) y determinados en el Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF)  no respetaba su derecho de seguridad jurídica.

martes, 9 de febrero de 2016

e-firma, el SAT sigue incorporando nuevas herramientas digitales

Inicios de febrero 2016, el SAT anunció el lanzamiento de la firma electrónica portátil (e-fima), que será posible cargar en smartphones y tablets.

El anunció se realizó como continuidad del programa de simplificación fiscal, a manera de permitir el contacto del contribuyente con la autoridad fiscal, y lograr el adecuado cumplimiento de obligaciones, utilizando la tecnología actual con la que muchos mexicanos se comunican rutinariamente.

La e-firma es un archivo digital que permite la identificación al contribuyente de la misma forma que lo hace la FIEL, pero pude utilizarse desde cualquier teléfono inteligente o tableta y funciona con los sistemas operativos IOS y Android, esta aplicación se puede obtener de manera gratuita desde la página de internet: sat.gob.mx

El comunicado se realizó de manera alegórica este día de la Candelaria.

FME CONTADORES, información siempre útil.


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MSA/l&ds/*.*

domingo, 7 de febrero de 2016

SIMPLIFICACIÓN FISCAL, SAT anunció los primeros pasos.


Inicios de enero, Luis Videgaray titular de la SHCP anunció el inicio del programa “Simplificación fiscal, base de confianza”, con la que anuncia la incorporación de herramientas digitales para facilitar el cumplimiento fiscal.

Se presentó el programa de “la devolución rápida” del IVA a las empresas, la cual se hace en menos de 5 días y se otorgará principalmente a Pymes y Mipymes. Para los contribuyentes que presten servicios personales subordinados (asalariados) el SAT presentará por primera vez la declaración pre-llenada. 

Anunció igualmente la incorporación paulatina de nuevas tecnologías, entre ellas el uso del buzón tributario, los esquemas de contabilidad electrónica y el inicio de auditorías electrónicas también.

FME CONTADORES, ofrece servicios integrales en materia fiscal y pago de impuestos.


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jueves, 4 de febrero de 2016

REVISIÓN DE CUENTAS BANCARIAS DE MEXICANOS EN EL EXTRANJERO. SAT

No es ninguna novedad, ya desde marzo 2014, México y E.U. suscribieron un acuerdo para compartir información sobre cuentas bancarias (LAVADO DE DINERO, nuevo acuerdo México y E.U.). Casi dos años después recién inicia febrero 2016 el Gobierno de Estados Unidos entregó la información de cuentas bancarias e inversiones de 174 mil mexicanos.

Aristóteles Núñez, jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT) explicó que la información de las cuentas está sujetas a estudios, pues se buscará determinar la repatriación de las cuentas que no pagaron impuestos. Se realiza confronta de inversiones en el extranjero contra la información de la declaración Anual, igual suerte le corresponde a los intereses obtenidos por las inversiones, que debieran pagar el impuesto correspondiente.

La repatriación de capitales es un esquema ideado para evitar las consecuencias penales por no haber cubierto el impuesto en tiempo y forma, deberán cubrir el Impuesto Sobre la Renta sin ninguna disminución, con excepción de recargos, multas, si la repatriación se realiza de manera espontánea en el lapso de 6 meses que dure el programa.

FME CONTADORES, ofrece  información siempre útil para la protección de su patrimonio y el de su empresa.



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MSA/l&ds/*.*

martes, 26 de enero de 2016

SAT Vs. MÉDICOS .- persecución de la comunidad médica infractora


Desde noviembre 2015, el titular del SAT, Aristóteles Núñez, había anunciado una cruzada contra médicos y hospitales evasores de impuestos a nivel nacional.  En enero 2016 anuncia el SAT formalmente el inicio de investigación fiscal a médicos en CDMX.

La integración de expedientes contra los médicos se realiza de manera minuciosa a fin de establecer el monto de contribuciones evadido.

Las principales irregularidades detectadas son:

-la falta de entrega de recibos de honorarios que impiden certificar el monto cobrado que reciben de sus pacientes.
-médicos con atención en consultorios de hospitales que se acreditan indebidamente como socios.
-personal administrativo y de enfermería contratados de manera irregular e informal, por médicos que no retribuyen un salario justo, no realizan retenciones de impuestos y no ofrecen seguridad social a sus colaboradores.
-médicos que declaran ingresos inferiores a los realmente obtenidos.

En la mira de tales servicios se encuentran también los hospitales y clínicas .

FME CONTADORES, ofrece consultoría fiscal integral para el adecuado pago de impuesto y cumplimiento de sus obligaciones impositivas.



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MSA/l&ds/*.*

domingo, 17 de enero de 2016

PRODECON, apoyará contra auditorías electrónicas este 2016

La Procuraduría de la Defesa del Contribuyente (PRODECON), es un organismo público descentralizado que proporciona asesoría, consulta, defensoría y representación gratuita contra actos de autoridades fiscales federales cuando se vulneran los derechos de los contribuyentes.

PRODECON al mismo tiempo propone cero tolerancia a evasores de impuestos pues en México 6 de cada 10 sujetos obligados no pagan impuestos y existe un 40% de la población económicamente activa que vive en la informalidad.

Aún así PRODECON anunció este 2016 que iniciará también la ayuda gratuita a contribuyentes que enfrenten la modalidad de las auditorías electrónicas que se vienen incorporando a las 25mil auditorías tradicionales domiciliares o de gabinete que actualmente realiza el SAT.

Actualmente el SAT y PRODECON  trabajan en el diseño de software que le permita al contribuyente, mediante el uso de su buzón tributario, acudir al acuerdo conclusivo cuando reciba la revisión electrónica, lo que le permitirá el acceso expedito a la obtención del apoyo de la Procuraduría.

PRODECON ha logrado resolver hasta un 80% de casos en favor del contribuyente, siempre y cuando este le proporcione debidamente todos las bases documentales existentes, debidamente registradas y veraces que le permitan a la Procuraduría la adecuada defensa del caso. 


FME CONTADORES PÚBLICOS, ofrece servicios fiscales integrales.



MSA/l&d/*.*

lunes, 4 de enero de 2016

CONTRIBUYENTES INCUMPLIDOS, más de 200 mil publica el SAT

Servicio de Administración Tributaria, SAT, ha publicado durante los años 2014 y 2015 más de 226mil contribuyentes con créditos firmes, cancelados, condonados, con sentencia condenatorias, no localizados y lo que emiten comprobantes con operaciones falsas.

Para atender las disposiciones de la Ley General de Transparencia y acceso a la Información Pública, a partir del 1 de julio de 2015 se publica además del RFC, nombre y/o denominación o razón social de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condenado algún crédito fiscal.

Veremos más acciones semejantes este 2016, pues la autoridad hará más intensivas sus medidas contra la evasión fiscal.

FME CONTADORES, ofrece información útil para la toma de decisiones y la protección de su patrimonio y el de su empresa.


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EN 2016 EL SAT APLICARÁ CONTROLES MÁS FUERTES, ¿ya lo tomó en cuenta?


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martes, 13 de octubre de 2015

TARJETAS BANCARIAS, disparan las alertas

Desde que inició la ‘LEY ANTILAVADO DE DINERO’* el 17 de octubre de 2012, y con posterioridad la emisión de su reglamento de septiembre de 2013, se han enviado hasta la fecha más de 55 mil ‘avisos de alerta’ por la comisión de transacciones sospechosas.

El grueso de estas transacciones sospechosas está conformado por el uso de tarjetas de servicios, prepago y crédito emitidas por entidades no financieras, como el caso de las tiendas departamentales, que a pesar de tener un respaldo bancario, generalmente se hace a través de una SOFOM o SOFIPO. 

Las compras se hacen a través de estas tarjetas que en el caso del prepago, se recargan por una cantidad mayor a lo permitido por la ley que ronda alrededor de 45mil pesos, asímismo las tarjetas de crédito en ocasiones se utilizan como medios de depósito o los llamados ‘totaleros’ ,quienes pagan al finalizar el periodo la totalidad de saldo de la tarjeta,  realizan compras mensuales por montos que no corresponden con su perfil económico.

Así que tenga cuidado con el uso que da a sus tarjetas, pues si acostumbra prestar a familiares y/o amigos su crédito, está excediendo su perfil como usuario del sistema financiero  y se enfrentará a la posibilidad que se emita una alerta por alguna operación que pueda ser considerada ‘sospechosa’.

FME CONTADORES, ofrece servicios integrales en materia de finanzas e impuestos para ayudarle a proteger su patrimonio.

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*El nombre completo es “Ley Federal para la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita”


MSA

lunes, 5 de octubre de 2015

PAGAR IMPUESTOS Y TRANSPARENTAR GASTO, fin social

En días pasados el Jefe del Servicio de Administración Tributaria, SAT, Aristóteles Nuñez, dictó una conferencia sobre cultura contributiva en la Universidad Autónoma de Aguascalientes. 

‘La base para hacer de México un mejor país es entender el respeto a las reglas, pues más allá de impuestos, si los mexicanos comienzan a respetar la ley, los impuestos se pagarán por sí solos’ expresó.

Aseveró que en otros países pagar impuestos tiene valor social, y eso es lo que debe buscarse en México.

Consideramos que es una buena ponencia, sin embargo el Lic. Núñez se queda corto en su discurso, que es bien intencionado pero limitado, toda vez que es un ‘discurso que se dicta toda la vida y de alcance mundial’ que se entiende que la autoridad recaudadora sólo tiene por fin, eso precisamente: recaudar sin explicar ni hacerse de otras funciones o fines sociales; Sin embargo pasa de largo, como en muchos otros países, que si bien es una práctica generalizada eludir al fisco, en México es todavía mayor la evasión fiscal, porque la población en general considera que no es transparente el uso de recursos públicos a ningún nivel dentro del Gobierno.

Mientras la percepción de los contribuyentes en México, no le indique que se está transparentando el manejo de recursos públicos, mientras sigan apareciendo ‘Casas blancas en Clubes de Golf’, los mexicanos no verán en ello el fin social.

Quizá sea un llamado al populismo, pero al menos el discurso gusta a las mayorías y quizá incentive el fin social, es el que apenas realizó en su toma de poder, el Gobernador Independiente por Nuevo León, Jaime Rodríguez.

‘El Bronco’, como se hace llamar, fustigó a corruptos y TV en su arenga, y amenazó con auditorías y sanciones a quien resulte responsable.

Así como dice el Jefe del SAT, la base para un mejor país, es el respeto a las reglas, pero no únicamente por parte de los contribuyentes, también se demanda la observancia de reglas por parte de los funcionarios y servidores públicos, que usan los recursos como botín y a los contribuyentes como esclavos.

Las sanciones deben ser fuertes, no únicamente la inhabilitación a ejercer puestos públicos, también sanciones económicas que resarzan el daño y se proceda a incautar los bienes y dinero que pertenezcan a la administración pública.

FME CONTADORES, información siempre útil


jueves, 24 de julio de 2014

BUZÓN TRIBUTARIO, más control por parte del SAT



1o. de Julio 2014 es la fecha de inicio del llamado BUZÓN TRIBUTARIO para personas morales, que es el mecanismo actual y que el SAT llama ‘más innovador’ para mantener comunicación entre esta autoridad y el contribuyente. 

Estos días el SAT ha enviado comunicados como este publicado aquí abajo, vía email a los contribuyentes que no han confirmado su BUZÓN TRIBUTARIO.



El objetivo del mail es conminar al contribuyente a realizar el trámite de confirmación del BUZÓN, que deberá realizarse en la página:  http://www.sat.gob.mx, opción TRÁMITES y a su vez opción BUZÓN TRIBUTARIO. A través de este medio, la autoridad podrá notificar al contribuyente sin la necesidad de hacerlo a través de un domicilio físico, y se considerará notificado o emplazado a partir de la primera hora del cuarto día hábil siguiente a aquél en que se haya enviado la notificación, haya sido o no, leída por el contribuyente. De no atender los requerimientos del SAT o no habilitar el BUZÓN, puede hacerse acreedor a una multa o bien sus cuentas bancarias, ‘ilegalmente’ inmovilizadas.

Igualmente se proporciona liga electrónica al manual para la habilitación del BUZÓN TRIBUTARIO :


El contribuyente se sentirá ‘más atado’ a la autoridad fiscal, que ha fortificado sus atribuciones de verificación, lucha contra la evasión fiscal y la informalidad. Se considera que la implementación de este sistema atenta contra el derecho de audiencia del ciudadano, sin embargo sería conveniente atender a la instrucción del SAT, a efecto de evitar mayores problemas a futuro.

FME CONTADORES, ofrece servicios integrales en materia de impuestos.

martes, 8 de julio de 2014

EL PREDIO EN TOLUCA. póngase al corriente


¿Que significa el predio? 
m. Heredad, tierra o posesión inmueble.
der. predio sirviente El que está gravado con cualquier servidumbre en favor de alguien.

Hablando en términos fiscales, es un impuesto que los ciudadanos  propietarios de un bien inmueble llámese, casa habitacional, edificio, oficina o lugar en el cual se desenvuelva  debe pagar por este una contribución al cual se le llama PREDIAL .


En Toluca ¿cómo se calcula el PREDIAL?

  • En base a valor catastral el cual se vale de 3 tipos de valores de sueloÁrea de valor. Se realiza con base en un grupo de casas ubicadas en la misma área que tienen características parecidas en cuanto a infraestructura y equipamiento.
  • Enclave de valor. Se hace cuando una porción de manzanas son notoriamente en valor y características, con respecto a los demás en un área determinada.
  • Corredor de valor. Es cuando el inmueble se encuentra en una avenida o vialidad importante o muy transitada.

Los ciudadanos se harán acreedores a una multa, y en casos extremos pueden perder hasta su bien inmueble por no pagar el Impuesto Predial.

Por lo que hay que tomarse el tiempo necesario para elegir correctamente un bien inmueble porque una mala elección podría ser causante de futuras complicaciones.  

Para los gobiernos locales, el cobro del predial se convertirá en prioridad, pues fortalecerá la economía de municipios. Es muy importante regularizar los adeudos en caso de incumplimiento.

FME CONTADORES PÚBLICOS, información siempre útil para  la protección de su patrimonio y el de su empresa.



domingo, 6 de julio de 2014

PRUEBA PERICIAL CONTABLE .- usos y abusos en la defensa por defraudación fiscal


El delito de defraudación fiscal, tal y como se enuncia en el Art. 108 del Código Fiscal (CFF)  establece que la autoridad fiscal debe probar, por parte del contribuyente, la comisión de acciones ilícitas o bien omisiones de las obligaciones para con la autoridad Fiscal.

Una vez que la autoridad recaudatoria, el SAT, valiéndose de sus atribuciones de fiscalización determina la realización de una verificación al contribuyente, para encontrar la probable comisión de delitos fiscales, y encontrados elementos de prueba formula un dictamen contable y el posible perjuicio fiscal, que es el daño al erario público, lo turna a la procuraduría fiscal para la formulación de la querella, dando aviso a la Procuraduría General de la República para integrar la averiguación previa y una vez encontrados elementos de prueba, turna esta averiguación ante un juez federal en materia penal, es entonces que puede iniciarse el proceso penal. 

Es pues aquí donde la pericial contable reviste gran importancia, pues se ofrece como prueba por parte del indiciado para desvirtuar las imputaciones en su contra. Su utilidad es de trascendental importancia para orientar el criterio del juzgador, debe ser elaborada por el asesor contable y el abogado defensor con pleno conocimiento de la totalidad de los actos y estrategia fiscal llevados a cabo por el contribuyente, ahora en proceso.

Deben tomarse las debidas precauciones al momento de integrar la pericial contable conjuntamente con los datos obtenidos de la visita de verificación de la autoridad fiscal, el cuestionario ofrecido por la defensa, la contabilidad y sus estados financieros, a manera de integrar una perspectiva global, debidamente engranada entre sí, para desvirtuar la acusación existente. Ese es su verdadero uso.

Sin embargo, la pericial contable, se ha venido empleando como un mecanismo de engaño para orientar la decisión del juez favoreciendo la parcialidad de la información que en ocasiones, de manera descarada induce a demostrar la indebida recolección de pruebas para tratar de exculpar al acusado. Igualmente se abusa de la pericial contable con el fin de ‘tratar de subsanar errores u omisiones pasadas’, o de usar esta pericial para darle ‘legalidad’ a actos contrarios a las leyes. Presentar este tipo de estrategias para la defensa del acusado, suele devenir en mayores problemas al tratar de inducir al error, al engaño o la simulación. La pericial contable no debe ser usada para ‘tratar de resolver errores u omisiones’, una adecuada planificación fiscal integrar ahora ayudará en el presente a evitar omisiones fiscales que pudieran ser motivo de revisión en el futuro.

En próxima entrega expondremos un caso sobre el uso indebido de la pericial contable.

FME CONTADORES PÚBLICOS, ofrece servicios integrales en materia fiscal que le ayudarán a planificar adecuadamente sus pagos de impuestos o bien a solucionar los problemas ya existentes con el fisco.


lunes, 30 de junio de 2014

PLANEACIÓN FISCAL.- ¿Solución o delito?


En las noticias de los últimas semanas el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que irá detras de cualquier contribuyente que lleve a cabo una ‘planeación fiscal agresiva’, ante estas aseveraciones surge la pregunta: ¿es pues la planeación fiscal un delito?

La planeación fiscal debe ser forzosamente parte de una adecuada planeación financiera, entendiéndose ésta como el conjunto de proyectos y planes a corto, mediano y largo plazo cuyo objetivo será el de asegurar la procuración de recursos (ingresos por ventas y/donativos, y/o cualquier otro concepto), administrarlos adecuadamente a fin de cumplir sus obligaciones relativas a la realización de operaciones y demás gastos administrativos de inversión y pago de impuestos, asegurando la obtención de beneficios que pueden o no constituir una especulación comercial.

La planeación fiscal no es necesariamente, como lo asegura el SAT, una estrategia para evitar cumplir las obligaciones fiscales, es más bien un recurso que permite cumplir de conformidad con la ley las obligaciones para con la autoridad fiscal, optimizando los recursos al mismo tiempo.

La planeación financiera no puede entenderse sin una adecuada planeación fiscal, toda vez que la segunda requiere de recursos económicos que la planeación financiera se encarga de plantear, gestionar y administrar, y toda planeación ha de entenderse prospectivamente, es decir aprender del pasado para estimar a futuro. 

Toda planeación requiere un conocimiento profundo y a detalle de la actividad de negocios, operativa, administrativa, de crédito y fiscal, de manera que pueda considerar todos los pormenores hasta el mínimo detalle como sea posible. Igualmente requiere de continuidad, disciplina, y constante revisión para adecuarla al cambiante mundo de los negocios.

Digamos que la ‘planeación fiscal’, irresponsable, mal hecha, dolosa o plagada de engaños si constituye pues un delito y pone en riesgo la viabilidad del ente económico, al colocar esta ‘supuesta estrategia’ en alguna de las omisiones que detallan los artículos 108 y 109 del Código Fiscal de la Federación (CFF). 

FME CONTADORES PÚBLICOS, ofrece servicios integrales en materia de planeación fiscal y financiera.


domingo, 29 de junio de 2014

Pericial Contable.- prueba en la defensa por defraudación fiscal


Se entiende por pericial contable, al documento que contiene elementos de juicio emitidos por un individuo que cuente con una preparación especializada, en este caso en el ámbito de la contabilidad, a fin de esclarecer algunos de los hechos materia de controversia; que además se trata de una prueba reconocida por la Ley en el  Artículo 93 fracción IV, del Código de Procedimientos Civiles.

Y es en la actualidad que con el reforzamiento de sus atribuciones de fiscalización, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), han aumentado sensiblemente los supuestos casos de defraudación fiscal, que esta autoridad ha consignado al Poder Judicial.

El SAT desde hace unos años, viene reforzando su lucha contra la evasión fiscal, el lavado de dinero y la informalidad, pues estos factores originan detrimento al erario público. Durante el período enero-marzo 2014 se recaudó un 81% más que en el  mismo periodo de 2013 con la aplicación de políticas de fiscalización más agresivas..

En el caso de que una persona (física o moral) sea sujeto de una auditoría por parte de la autoridad fiscal a fin de determinar la presunción de la comisión del delito de fraude contra el fisco, es oportuno mencionar que la Pericial Contable, será el elemento probatorio que servirá al Juez para orientar su juicio durante el proceso, respecto a la desestimación del supuesto delito de defraudación fiscal por parte del contribuyente sujeto a procedimiento.

La prueba pericial contable  para efectos de litigios fiscales y penales es pues un medio de prueba reconocido por la Ley cuya intención es la de desvirtuar la acusación del delito o bien acreditar un hecho mediante la aportación de pruebas para conseguir ese objetivo.

Además de ser un elemento probatorio en los casos de litigios por la posible comisión de delitos de defraudación fiscal, también es de suma importancia en el caso de litigios administrativos como en el caso del procedimiento contencioso relativo al juicio de nulidad  y a aspectos netamente jurídicos como lo es el recurso de amparo.

FME CONTADORES PÚBLICOS, S.C. ofrece asesoría integral en materia fiscal, con el fin de lograr el adecuado cumplimiento de sus obligaciones en materia de impuestos o bien coadyuvar con pruebas contables en el caso de litigios.


viernes, 20 de junio de 2014

IMPUESTOS.- La base Constitucional


¿A quién le gusta pagar impuestos?, la respuesta es muy obvia....’A nadie’. Sin embargo los impuestos son la parte más importante de los ingresos del Gobierno, que le permiten cubrir sus gastos propios más los gastos necesarios para que cumpla sus propios fines. Sin el pago de impuestos, los Gobiernos, morirían de inanición y los afectados seriamos todos los que somos sus Gobernados.

El SAT, ha entablado una dura lucha contra la evasión fiscal y la informalidad, sin embargo no ha robustecido las acciones encaminadas al combate a la corrupción dentro de la administración pública, no ha incrementado las sanciones a los delincuentes de cuello blanco que hacen mal uso de los recursos públicos. Es así que el contribuyente tiene mayores incentivos para ‘evadir’ la obligación de pago de sus contribuciones, toda vez que la percepción que tiene sobre los principios de transparencia y legalidad con que se maneja el erario público es francamente inexistente. 

¡Para qué pago!, ¡Luego se lo roban!, ¡Los pobres más pobres, y los políticos más ricos!; son entre otras, las frases que de continuo se escuchan entre los mexicanos.

Si existe negativa a cumplir con las obligaciones fiscales, cuanto más si los funcionarios hace mal uso de los recursos de los mexicanos.

Ahora si, la base constitucional para el pago de impuestos viene enunciada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Artículo 31 fracción IV establece como una obligación de los mexicanos contribuir para los gastos públicos, así como de la Federación, del Distrito Federal, de los Estados y Municipios en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

Por su parte La Ley de Ingresos de la Federación tiene su apoyo legal en el Artículo 73, fracción VII de la Constitución, conforme al cual el H. Congreso de la Unión tiene facultades para la imposición de las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto.

El Artículo 74, fracción IV de la misma ley, dispone la facultad de la Cámara de Diputados  para revisar el proyecto de ingresos y establecer como encargado de remitir los proyectos de ingresos y egresos al Ejecutivo Federal.

Los impuestos constituyen el principal ingreso del Gobierno, como contribuyentes debemos crear conciencia de nuestras obligaciones, y a su vez el Legislador deberá analizar la posibilidad de crear sanciones más fuertes y de obligar a restituir los fondos públicos mal empleados.

FME CONTADORES PÚBLICOS, ofrece servicios periciales en materia contable para efectos de la defensa en casos de defraudación fiscal y otros procedimientos contenciosos.