Con la reducción presupuestaria de la 4T, los puestos de trabajo de más de 2 mil empleados de confianza han sido suprimidos, por lo que el día de hoy 20 de diciembre, por la tarde, se les notificó del cambio en su situación laboral.
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jueves, 20 de diciembre de 2018
20 diciembre fecha en que SAT despide a más de 2 mil burócratas
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sábado, 13 de enero de 2018
IMSS, criterios para el otorgamiento de incapacidades por partos prematuros.
El IMSS en su comunicado 384 del año 2017, establece criterios en materia de seguridad social por concepto de incapacidad por maternidad otorgando invariablemente 84 días de descanso por concepto de maternidad y para el pago completo del subsidio y goce del descanso a madres aseguradas que tengan un parto adelantado.
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sábado, 16 de julio de 2016
IMSS APP, una aplicación digital que debes descargar
La aplicación digital del seguro social te permitirá obtener o consultar el número de seguridad social NSS, darse de alta o cambiar de clínica, consultar la vigencia de derechos, igualmente te permitirá ubicar las direcciones de clínicas y administraciones del seguro social. Sólo hay que descargar directamente la aplicación desde Mac APP Store, Google Play y Windows Phone.
FME CONTADORES, ofrece servicios en materia de nóminas, seguridad social y recursos humanos.
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domingo, 10 de julio de 2016
INCAPACIDAD POR MATERNIDAD, IMSS*
Podrás transferir de 1 a 4 semanas de tu periodo previo al parto al posterior. Sólo necesitas llenar la solicitud de transferencia de semanas (en dos originales), contar con el consentimiento de tu patrón y con la autorización de tu médico familiar.
Si decides atenderte de forma externa, preséntate en la semana 34 de gestación con tus solicitudes de transferencia de semanas y los documentos enlistados en el punto 1.
Si cumples con los requisitos, tu médico familiar te indicará cuándo debes regresar para que se te expida tu certificado único de incapacidad.
FME CONTADORES PÚBLICOS, ofrece servicios en materia de nómina, seguridad social, y recursos humanos.
*fuente IMSS
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jueves, 17 de marzo de 2016
ACOSO SEXUAL EN EL TRABAJO, denuncia
El acoso sexual es una forma de conflicto interpersonal con repercusiones en el ámbito legal. Se exigen favores sexuales a cambio de un trato preferencial o bien para crear un ambiente hostil. Cifras exactas de acoso sexual en el trabajo son difíciles de determinar, dado que el acosado, no denuncia por vergüenza, temor a ser despedido o ser señalado por los mismos compañeros laborales.
La inclusión de este problema en la Ley Federal del Trabajo, con la reforma laboral del 2013 ha dado un primer paso en la protección a los empleados. La ley establece la diferencia entre acoso y hostigamiento, el primero es una forma de violencia en la que hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de la existencia de una relación de subordinación. En el caso de hostigamiento, se trata de un ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa a través de conductas verbales, físicas o ambas.
En general las empresas no cuentan con protocolos para registrar y tratar este tipo de conductas en el entorno laboral, las políticas deben enfocarse en prevenir, reprimir y denunciar este tipo de conflictos.
Una política de prevención laboral debe enfocarse en lograr que los empleados se abstengan de determinadas conductas que pudieran incitar conflictos sexuales.
Evitar:
1.- Comentarios inapropiados con connotaciones sexuales
2.- expresiones cariñosas y cumplidos sugestivos
3.- contacto físico y besos en el trabajo
No se trata de limitar el comportamiento de los empleados, pero es conveniente sugerir a través de manuales, recomendaciones para evitar estos comportamientos, y hablar abiertamente sobre la necesidad de denunciar comportamientos inadecuados
Una posibilidad para favorecer la denuncia es la apertura de un buzón de quejas confidenciales debidamente regulado, con la posibilidad de que intervenga un abogado, así como denunciar ante el ministerio público de la situación existente.
FME CONTADORES PÚBLICOS, ofrece servicios integrales en materia de Recursos humanos y publicación de vacantes laborales en línea.
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lunes, 7 de marzo de 2016
CAE EL EMPLEO, los modelos de trabajo están cambiando
Según estudios de la Organización Internacional del Trabajo, alrededor del 50% de los empleos en el mundo son formales, pero sólo el 47% de los empleos formales es de tiempo completo.
Las jornadas de trabajo están cambiando, y el promedio de horas trabajadas a la semana se ubicó en 42.5% en promedio durante 2015, según estadísticas del INEGI.
De acuerdo con estudios, más del 40% de los empleos actuales pudieran ser automatizados. Los primeros en sufrir estas consecuencias lo serán las industrias relacionadas con la tecnología y la manufactura a gran escala, pero es evidente que esta tendencia se generalizará a otras áreas en el futuro.
De este modo se incrementan los trabajos de tiempo parcial, el empleo freelance o autoempleo así como el emprendimiento.
FMEMPLEO, ofrece la publicación y consulta de vacante laborales en línea.
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sábado, 2 de enero de 2016
REFORMA LABORAL SIN RESULTADOS, a más de 3 años de su aprobación
Sabemos que las reformas estructurales no ofrecen resultados de manera inmediata, pero en los últimos años, los supuestos beneficios de la reforma laboral no se han reflejado en el mercado de trabajo en México.
La inclusión de esquemas como ‘los contratos a prueba’, ‘la incorporación a la legalidad de la subcontratación’, ‘la capacitación inicial’, ‘las jornadas laborales flexibles o por hora’, ‘el trabajo a distancia’; entre otros, no han rendido los frutos esperados, Simplemente no se han generado suficientes empleos.
Estos esquemas, son 'bienintencionados' pero carecen de clarificación en su aplicación, regulación y gestión. Recordemos que el mercado laboral es sumamente complejo, pues múltiples factores causan distorsión: la intervención sindical, la informalidad de la economía, la ubicación de la fuente de trabajo en relación a la demanda, la migración, el tipo de trabajo a desempeñar, la profesionalización o grado de especialización requerido, llegar a un acuerdo entre oferentes y demandantes por el precio a pagar por el trabajo realizado, la costumbre, el desempeño de la economía nacional e internacional, sólo por mencionar algunos.
Se requiere certidumbre en las lagunas jurídicas que esta reforma ha ocasionado, y debe subsanarse en el corto plazo. Pues aún cuando no se han alcanzado los fines propuestos inicialmente, es cierto también que la reforma a la Ley Federal del Trabajo era un asunto que se encontraba en debate público desde unos 15 años antes de su aprobación.
Los fines expuestos originalmente en la explicación de motivos, son válidos:
- Favorecer los principios de equidad y no discriminación
- Generar empleos de calidad para los jóvenes
- Crear empleos formales
- mejorar el desempeño del mercado laboral
- modificar las bases del procedimiento laboral y agilizar la impartición de justicia
- incrementar la productividad como base del bienestar para los trabajadores
- incrementar los índices de eficiencia
- descubrir nuevas fórmulas para que los sindicatos decidan el rumbo de sus agremiados
- eliminar sanciones insignificantes ante prácticas desleales
Recordemos también que los puestos de trabajo no se crean mediante decretos y son las iniciativas de ley, las que deben ofrecer certidumbre y regulación efectiva como elementos que coadyuven a la creación de fuentes laborales.
Sin embargo, es inútil dejar de reconocer que el mundo se enfrenta a una dura crisis que se ha venido agravando desde el 2008, y que esta crisis ha elevado los niveles de desempleo de manera global. Los países industrializados tienen la mayor tasa de desempleo en jóvenes y el paro laboral afecta al doble o hasta el triple a los jóvenes en relación a la población adulta. En México uno de cada 3 individuos de la población económicamente activa tiene entre 14 y 29 años, y más de la mitad de los casi 3 millones de desocupados son jóvenes.
Así que nos enfrentamos a una problemática globalizada que tiene que ver más con el desempeño de la economía que con las Leyes o decretos.
En posteriores entregas comentaremos uno a uno los resultados que (no) se han alcanzado de las propuestas de Ley.
FME CONTADORES, ofrece servicios en materia fiscal, financiera, de recursos humanos y seguridad social.
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miércoles, 14 de octubre de 2015
Anuncio de vacantes laborales en línea
FME EMPLEO, es la bolsa de trabajo que le permitirá publicar en línea vacantes laborales al mejor precio del mercado. Tenemos paquetes desde $400.
Para los candidatos que buscan empleo, es una opción totalmente gratuita. Mayores informes e nuestro sitio www.fmempleo.com o a nuestra cuenta de mail: contacto@fmecontadores.com
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lunes, 12 de agosto de 2013
Bienestar Emocional La Nueva Frontera en Recursos Humanos
Contar con una base de empresas y una fuerza de trabajo competitiva y productiva implica incidir en diversos frentes de la dinámica organizacional y del país. Así lo confirma el Maestro. José Adán Ignacio Rubí Salazar, Subsecretario de Inclusión Laboral de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, cuando aborda un tema que es preocupación crucial en materia de crecimiento económico y responsabilidad social en las sociedades emergentes.
“Es del mayor interés del Gobierno del Presidente Enrique Peña Nieto que pongamos en marcha el Programa de Bienestar Emocional y Desarrollo Humano, herramienta que llevará a cabo la detección y canalización de problemáticas relacionadas con esta esfera de los trabajadores, toda vez que tienen un fuerte impacto en la dinámica laboral y en sus resultados”. El Subsecretario de Inclusión Laboral de la STPS señala que se trata de un programa en el que están involucrados expertos de diversas disciplinas, procedentes de organismos internacionales y nacionales. “Tenemos un vínculo muy estrecho con la Organización Internacional del Trabajo, la Organización Mundial de la Salud, el Instituto Nacional de Psiquiatría y con organizaciones sindicales que se están sumando al esfuerzo
La preocupación por los niveles de ausentismo ligados con padecimientos asociados al sedentarismo, la obesidad, la diabetes, las cardiopatías y el estrés, despertaron, hace algunos años, la inquietud en los Ejecutivos y Operadores de Recursos Humanos para identificar las dimensiones del impacto en el desempeño laboral de la fuerza trabajadora. Esto dio paso a una revisión más escrupulosa sobre los indicadores arrojados por las encuestas de satisfacción y clima laboral. Así, emergió en la discusión profesional la importancia del balance de vida y carrera, considerando al colaborador como una entidad social integrada por las esferas física, emocional, intelectual y cognitiva.
“Es algo perfectamente medible. Un ambiente laboral armónico, caracterizado por el bienestar en donde hay un puente sólido entre el trabajo y la familia, entre la empresa y el hogar, va a generar un espacio propicio para que la productividad laboral incremente”, explica el Subsecretario. El Programa de Bienestar Emocional y Desarrollo Humano, nombre tentativo de este instrumento del Gobierno Federal, podría entrar en operación en los próximos meses y se sumará a las demás herramientas con las que cuenta la STPS en materia de inclusión de grupos vulnerables a la fuerza trabajadora, género, diversidad y capacitación.
“Quienes están a cargo de los Recursos Humanos en las empresas, y sus jefes, van a valorar lo que representa el bienestar emocional en el ámbito laboral”, comenta el Mtro. Rubí Salazar”. Estamos seguros de que reconocerán los beneficios en la medida en que comprueben fehacientemente que contribuye a la productividad y al retorno de inversión social y económico de personas, empresas y de la nación en su conjunto”, concluye. Más que una corriente o una moda, el bienestar y la salud en las empresas es una tendencia global que está cruzando a las principales economías del orbe.
México se suma de esta manera a las naciones que realizan transformaciones en las que Recursos Humanos juega un papel protagónico y que repercutirán en la democratización de la productividad.
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domingo, 4 de agosto de 2013
LO MEJOR DE LA REFORMA LABORAL APLICADO A ESQUEMAS DE TERCERIZACION
El impacto de la reforma laboral en la contratación externa de personal tiene diferentes aristas dignas de análisis; a continuación se indica sólo algunas que impactan directamente a los esquemas de outsourcing.
Con la reforma laboral en materia de tercerización, deberán subsistir solamente las empresas de outsourcing que se encuentran debidamente establecidas y cumplen al 100% con las leyes y reglamentos, aunado a la seguridad y certeza jurídica que otorguen a clientes y empleados a través de sus contratos, así como de sus prácticas comerciales y patronales.
La ley por sí sola no va a crear más empleos, sin embargo, prevé apoyar a 6 de cada 10 mexicanos quienes están ocupados pero no tienen prestaciones; la inclusión de estas disposiciones, tiene como finalidad establecer las bases para que la tercerización sea el equivalente a la especialización de la mano de obra.
La modernización de la Ley tiene 2 vertientes fundamentales :
- Promover la generación de más empleos, mejor pagados, a través del impulso de la productividad de las empresas ; y
- Lograr que las relaciones laborales se desarrollen en la formalidad, fortaleciendo los mecanismos para hacer efectivos los derechos laborales que la ley prevé.
Las mejores oportunidades serán aprovechadas entonces, por los trabajadores más calificados y productivos; que éstas serán generadas por las empresas con producción y tecnología, y serán promovidas por los países capaces de impulsar la creación constante de nuevos y mejores empleos para lograr que trabajadores, empleadores y gobiernos, colaboren en un marco de seguridad jurídico.
Sin embargo, la última encuesta de Escasez de Talento revela que el mercado laboral de México aún prevalece la falta de personal calificado, esto ocurre porque el individuo requiere adentrarse más en aspectos como ; inteligencia social, habilidades analíticas, pensamiento adaptativo así como en competencias interculturales; es decir, desarrolla mayores habilidades y tener mayor capacitación para ser competitivo.
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miércoles, 17 de julio de 2013
EL COSTO DE NO CUMPLIR CON LA LEY LABORAL
Se han roto muchos paradigmas. Por ejemplo, el creer que es más barato pagar una multa que cumplir con las obligaciones previstas en la legislación laboral. En este sentido, es importante recordar que con motivo de las reformas efectuadas a la Ley Federal del Trabajo, se incrementó considerablemente el monto de las sanciones económicas aplicables a los patrones que no cumplan con las disposiciones en materia de relaciones de trabajo.
Hasta antes de que entraran en vigor las reformas, la cuantificación de las multas se realizaba con base en el salario mínimo del área geográfica del lugar en que se cometiera la infracción. Ahora, la cuantificación se realiza con base en el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Por este simple cambio, los patrones que tienen su domicilio en el área geográfica “B”, donde el salario mínimo es de $61.38, observarán un incremento del 5.51% pues ahora deberán considerar el salario del área “A”, es decir, $64.76. Adicionalmente, se debe considerar que para imponer las sanciones se tomará en cuenta:
- El carácter intencional de la omisión. La gravedad de la infracción.
- Los daños que se hubieren producido o puedan producirse.
- La capacidad económica del infractor.
- La reincidencia del infractor.
Ya que en este caso se duplicará la multa impuesta por la infracción anterior. Se entiende por reincidencia, cada una de las subsecuentes infracciones a un mismo precepto, cometidas dentro de los dos años siguientes a la fecha del acta en que se hizo constar la infracción precedente, siempre que ésta no hubiese sido desvirtuada. Asimismo, debe considerarse que si con un solo acto u omisión se:
a) Afecta a varios trabajadores, se impondrá sanción por cada trabajador afectado.
b) Incurre en diversas infracciones, se aplicarán las sanciones que correspondan a cada una de ellas, de manera independiente.
Con ello se aprecia notoriamente que las omisiones a las disposiciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo tienen aparejados una sanción muy onerosa.
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